REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
En fecha 11/06/2002, se dicta auto, donde se le da entrada al Despacho de Comisión emanado del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, contentiva de Decreto de Medida Preventiva de Embargo sobre bienes muebles del demandado.
En fecha 27/09/2002, se dicta auto, por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido más de tres (03) meses de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente despacho; en consecuencia se ordena su remisión al Tribunal comitente. En esta misma fecha se remite mediante oficio N° 413-2002, constante de ocho (08) folios útiles.-
En fecha 13/11/2006, se dicta auto, donde se le da entrada al Oficio Nº 823, de fecha 20/10/2006, emanado del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, por medio del cual participan la Suspensión de la Medida de Embargo Decretada en fecha 09/05/2006, el cual se ordena agregar a los autos. En esta misma fecha se agregó.-