REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, DEL TRABAJO Y DE MENORES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, DEL TRABAJO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN CORO.
SANTA ANA DE CORO, 07 DE ABRIL DE 2003.
AÑOS 193 Y 144
Vista la apelación formulada por la ciudadana NOHIRIAN YOANA JIMENEZ ALCALA, en su carácter de tercera interesada en el presente proceso, asistida del abogado FLANKLIN GONZALEZ, contra el fallo de fecha 01 de abril de 2003, este Tribunal de conformidad con el artículo 35, de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, oye en un solo efecto la apelación propuesta y ordenar remitir copia certificada integral del expediente, a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Por cuanto la Dirección Ejecutiva de la magistratura Seccional Falcón, no cuenta con el material necesario para el fotocopiado del expediente, debido a la crisis presupuestaria y a la carencia de recursos, se acuerda que la apelante suministre las copias necesarias que se requieren para la remisión del presente expediente, se le otorga un plazo de cinco (5) días hábiles, siguientes al presente auto, caso contrario este Tribunal remitirá el expediente original a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia a los fines ya indicados Líbrese oficio y déjese constancia de haberse cumplido con lo ordenado.-
EL JUEZ TITULAR
ABG. MARCOS ROJAS GARCIA.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
YELIXA TORRES BRIZUELA