REPÚBLICA BOLVIARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO y TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
SANTA ANA DE CORO, 02 DE ABRIL DE 2003.
AÑOS; 192º y 144º



Vista la subsanación presentada por la parte demandante a la oposición de la subsanación de las Cuestiones Previas, y en vista a la decisión del Tribunal ordenando la subsanación en fecha 07-02-2003, revisada como ha sido la subsanación. Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECIDE: Considera que ha sido Suficientemente Subsanados respecto al punto de las horas extras y los días feriados laborados.-
EL JUEZ

ABOG. ANTONIO LILO VIDAL
LA SECRETARIA

ABOG. CECILIA HANSEN









ABOG. ALV/CH/Mariela