REPÚBLICA BOLVIARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO y TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
SANTA ANA DE CORO, 22 DE ABRIL DE 2003.
AÑOS; 192º y 144º

EXPEDIENTE Nº: 12.924-2003

DEMANDANTE: MARBLAN FRANCIS NAVARRO, venezolana, mayor d edad, titular de la cedula de identidad N° 12.181.634.-

APODERADO JUDICIAL: RAFAEL TOBIAS PEREZ, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 58.526

DEMANDADO: HIPERMERCADO LHAU C.A.

APODERADO JUDICIAL: FERNANDO PIRELA, abogado en e3jercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.838.-

MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

Vista la demanda por Estabilidad Laboral presentada por la ciudadana Marblan Francis Navarro Barrero, contra la empresa Mercantil Hipermercado LHAU C.A., el Tribual luego de revisada la solicitud y vista la defensa opuesta por la representación judicial del patrono, el Hipermercado LHAU, en la que alega, la falta de jurisdicción de los Tribunales laborales, con motivo de la aplicación del Decreto de Inamovilidad Laboral, en su artículo 3, el cual establece que durante la vigencia del Decreto, el órgano competente para Calificar el despido es el Inspector del Trabajo de la Jurisdicción, por lo tanto el Tribunal se abstiene de emitir pronunciamiento sobre el fondo de lo aquí debatido, por carecer, de acuerdo al mencionado instrumento legal, que consta en autos en la respectiva Gaceta Oficial y que el Tribunal tuvo a la vista, de jurisdicción para poder decidir el proceso y así se decide.
Por todas las consideraciones anteriores este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECIDE: PRIMERO: CON LUGAR la Cuestión previa opuesta por la parte demandada por falta de jurisdicción del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. SEGUNDO: No hay especial condenatoria en costas. Déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo del Tribunal.

PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE

Dado, firmado, sellado y refrendado en al Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los 22 días de Abril de 2003.-
EL JUEZ

ABOG. ANTONIO LILO VIDAL
LA SECRETARIA

ABOG. CECILIA HANSEN

Nota: Se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 2:00 p.m. Conste Coro fecha ut-supra.-
LA SECRETARIA

ABOG. CECILIA HANSEN


















ABOG.ALV/CH/Mariela