REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

Se le da entrada a Despacho de Comisión emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-

En fecha 22-05-2003, se dicta auto dándosele entrada a diligencia suscrita por el Abog. Guillermo Enrique Aponte Villarroel y a la copias Certificadas de la Sustitución de Poder que le hiciera el Abog. Ricardo Morales Apoderado Judicial de la demandante ciudadana: Carmen de Jiménez, por lo que se tiene como parte en el presente Juicio al Abog. Guillermo Aponte y según lo solicitado, este Tribunal acuerda el traslado y constitución en el sitio que señale la parte interesada, fijándose para ello el día respectivo y se libran las notificaciones correspondientes.-
En fecha 28-05-2003, se dicta auto Por cuanto este Tribunal acordó la práctica de la presente Medida de Desocupación, y en virtud de que estuvieron presente los Órganos notificados para la presente, , más no el representante de la Defensoría del Pueblo, dándosele un margen de espera de dos horas y el ejecutante Abog. GUILLERMO APONTE no compareció a la hora fijada por este Tribunal, siendo las 11:20 a.m. se difiere la práctica de la misma para el día y la hora que fijará este Tribunal, previa solicitud de la parte interesada, mediante auto separado.

En fecha 19-08-2003, se dicta auto, dándole entrada a diligencia suscrita por el Abog. Ricardo A. Morales Pereira, Inpreabogado N° 90.428; en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, a fin de practicar la Medida de Desalojo, fijándose para ello el día respectivo y se libran las notificaciones a los organismos competentes.-
En fecha 27-08-2003, se levanta Acta de Desocupación, dándole fiel y estricto cumplimiento al Mandamiento de Ejecución emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, el cual ordenó la entrega material y física del bien inmueble objeto de la medida, en el Juicio por Desocupación, seguido por los Abogados Ricardo Morales y Pedro Navarro, en su condición de Apoderados Judiciales de la ciudadana: Carmen de Jiménez, contra el ciudadano: Gregorio Ricci; en dicho acto la ciudadana: Victoria Jiménez, notificada en acta, este Tribunal insta a entregar el bien inmueble libre de bienes muebles y personas, quien se negó a entregarlo; por lo que este Ejecutor ordena levantar el respectivo inventario de los bienes muebles que se encuentran en el Apartamento. Una vez que los bienes fueron sacados del inmueble, en virtud de que la ocupante se negó a desalojarlo, este Tribunal procedió, según con lo establecido en el Artículo 528 del Código de Procedimiento Civil, haciendo uso de la Fuerza Pública y desalojó a la notificada en acta. Dicho inmueble se entrega al Representante de la Depositaria Judicial Falcón, C.A., ciudadano: Oscar Estrada, quien lo recibe conforme una vez DECLARADO LEGALMENTE DESOCUPADO EL BIEN INMUEBLE OBJETO DE LA MEDIDA.-
En fecha 28-08-2003, se dicta acto, cumplido como ha sido el presente Despacho se ordena la remisión de las resultas al Tribunal comitente. En esta misma fecha se remitió mediante Oficio N° 273-2003, constante de treinta y dos (32) folios útiles.-