REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
Santa Ana de Coro, 04 de Abril de 2003.
192° y 144°
En virtud de que en la presente causa se encontraba pendiente el trámite de la Apelación, ya que la misma fue interpuesta bajo la vigencia del derogado Código de Enjuiciamiento Criminal, en fecha 31-05-99, por la abogada Edna Molina como defensora de los condenados Jesús Alberto Amaya, Luis Mercedes Amaya y Jesús Antonio Amaya; es por lo que de conformidad con el artículo 524 del Código Orgánico Procesal Penal referente al régimen procesal transitorio, a objeto de garantizar una tutela judicial efectiva en tanto y en cuanto no se fijó el acto de informes para el sexto día siguiente de recibidas en esta Corte las actuaciones; se fija el sexto día siguiente luego que conste la última notificación de las partes para que se verifique dicho acto y la sentencia será pronunciada dentro de los diez días posteriores a la realización del acto de informes. En consecuencia librase las respectivas boletas de notificación a las partes. Cúmplase.
El Juez Presidente,
RANGEL ALEXANDER MONTES
Ponente
MARLENE MARIN DE PEROZO
Magistrado
GLENDA OVIEDO RANGEL
Magistrado
JENNY OVIOL
La Secretaria