REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON

JUZGADO PRIMERO DE CONTROL
SANTA ANA DE CORO 24 DE ABRIL DE 200.
192° y 144°

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-S-2003-000146
ASUNTO : IP01-S-2003-000146



Visto el Escrito presentado por la Oficina del Alguacilazgo por el Fiscal Nacional Abogado: JOSE BENIGNO ROJAS, de Fecha 23 de Abril del 2003, en donde otras cosas manifiesta al Tribunal, PRIMERO: Que el Ciudadano: Abogado GERARDO CAMERO, Fiscal Séptimo, estaba comisionado por el Ministerio Público para el conocimiento del Presente Asunto. SEGUNDO: El Fiscal Nacional Informa al Tribunal, que el Abogado Defensor (el que aparece en el Escrito de solicitud presentada por ante este Tribunal por el Fiscal Nacional, es el Abogado: GUIDO BENJAMIN BOLIVAR), y el Imputado: JOSE CURIEL RODRIGUEZ, se encontraba en la sede del Circuito, y que no se explica el Diferimiento de la Audiencia según los dichos del Fiscal sin Causa real que lo Justifique. Es por lo que se acuerda Oficiar con carácter Urgente a la Oficina del Alguacilazgo, para que se verifique si las Personas antes señaladas ingresaron al Circuito Judicial Penal de este Estado en las Fechas correspondientes de 21-03.2003, 08-04-2003 y 23.04-2003, de ser Positiva dicha información, indicar la Hora de entrada y salida a esta sede, y se verifique en la Oficina del Alguacilazgo si, para el Tribunal de Primero Control se recibió, Comunicación en la cual se comisionaba al Fiscal Séptimo del Ministerio Público Abogado: GERARDO CAMERO, para el conocimiento del presente Asunto, de la misma manera se informe con la Urgencia del caso que personal de Alguaciles, estaba comisionado para el Día 23-04-2003, de verificar la presencia de las partes intervinientes en las Audiencias Fijadas por el Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Control y una vez recibida dicha información el Tribunal procederá a Fijar la Audiencia nuevamente. Es Todo Líbrese los Oficios respectivos. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL

Abg. SOLANGEL CASTILLO V.
LA SECRETARIA.
ABG. OLIVIA BONARDE.

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado y se notifico a las partes.-

LA SECRETARIA.

ASUNTO : IP01-S-2003-000146