REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
Se le da entrada a Despacho de Comisión emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-
En fecha 12-08-2003, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por el Abog. Alberto Castillo, en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, fijándose para ello el día respectivo y se libran las notificaciones correspondientes.-
En fecha 30-09-2003, se dicta auto, donde se difiere la práctica de la medida a que se contrae el presente Despacho, para el día respetivo y se libran las Notificaciones correspondientes.-
En fecha 1°-10-2003, se levanta Acta de Embargo, a fin de darle fiel y estricto cumplimiento al Despacho emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, el cual Decreto Embargo Preventivo sobre Bienes propiedad del demandado ciudadano: Francisco Rodríguez en el Juicio por Cobro de Bolívares, seguido por el Abog. Alberto Castillo; en dicho acto este Tribunal declaró Preventivamente Embargados bienes muebles que la parte ejecutante señaló, los cuales se pusieron en posesión de la Firma Depositaria Judicial Falcón, C.A. y bajo la Guarda y Custodia de la Notificada en acta.-
En fecha 1°-10-2003, se dicta acto, cumplido como ha sido el presente Despacho se ordena la remisión de las resultas del mismo al Tribunal comitente. En esta misma fecha se remite mediante oficio N° 309-2003, constante de dieciocho (18) folios útiles.-
En fecha 03-11-2003, se dicta auto, donde se le da entrada al Oficio N° 0820-812, de fecha 27-10-2003, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, por medio del cual en Despacho anexo ordena que la ciudadana: Nereyda Arrieta Díaz, en su condición de cónyugue del demandado de autos, a quien se le dejaron los Bienes Embargados bajo la Guarda y Custodia, efectúe la entrega de los mismos al Representante de la Firma Depositaria Judicial Falcón, C.A.; en consecuencia este Tribunal acuerda de conformidad y ordena librar el oficio respectivo a la ciudadana: Nereyda Arrieta Díaz, a los fines antes mencionados. En esta misma fecha se libro oficio N° 334-2003, dirigido a la ciudadana: Nereyda Arrieta Díaz. En la misma fecha se libró Oficio N° 336-2003, dirigido al Juez Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, donde se remite constante de tres (03) folios útiles, actuaciones relacionados con el Oficio N° 0820-812, antes mencionado, dando cumplimiento a lo ordenado en el mismo.-