REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

Se le da entrada a Despacho de Comisión emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-

En fecha 08-09-2003, se dicta auto, dándole entrada a diligencia suscrita por el Abog. Manuel Urbina, Inpreabogado N° 60.195, así como a las copias Certificadas consignadas a los fines de que se tenga como parte, donde se provee de conformidad y se ordena el traslado y constitución del Tribunal en el lugar que señale la parte interesada, fijándose para ello el día respectivo y se libran las notificaciones pertinentes.-
En fecha 03-09-2003, se levanta Acta de Embargo, dándole fiel y estricto cumplimiento al Despacho emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, el cual Decretó Medida Preventiva de Embargo sobre Bienes Muebles propiedad de la parte demandada, en el Juicio por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Beneficios; en dicho acto se Declaró Preventivamente Embargado Bienes Muebles propiedad de la demandada, los cuales se ponen en posesión de la Firma Depositaria Judicial Falcón, previa su designación, aceptación y juramentación, quien lo recibió conforme.-
En fecha 08-10-2003, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por el ciudadano Carlos Medina, asistido por el Abog. Rubén Villavicencio; en consecuencia este Tribunal provee de conformidad u según lo solicitado por el diligenciante, ordena reproducir mediante copia fotostática del presente Despacho el Acta de Embargo de fecha 03-09-2003 y certificar las mismas. En esta misma fecha se cumple con lo ordenado en auto anterior.-
En fecha 21-11-2003, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por el Abog. Manuel Urbina, Inpreabogado N° 60.195, en consecuencia este Tribunal ordena su traslado y constitución en el lugar que indique la parte interesada, fijándose para ello el día respectivo y se libran las Notificaciones a los Auxiliares de Justicia.-
En fecha 24-11-2003, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por el Abog. Manuel Urbina, identificado en autos, quien solicita a este Tribunal deje sin efecto la práctica de la Medida solicitada y se devuelva la Comisión al Tribunal de la causa; en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y según con lo solicitado, ordena la remisión del presente Despacho en el estado en que se encuentra al Tribunal Comitente. En esta misma fecha se remitió mediante Oficio N° 363-2003, constante de treinta y seis (36) folios útiles.-