El Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado FALCÓN, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara secuestrado el inmueble ubicado en la Urbanización Zarabón, Avenida 1, Quinta La Trinitaria, Comunidad Cardón, jurisdicción de la Parroquia Punta Cardón, Municipio Carirubana del Estado Falcón (se identifican linderos y medidas), se designa Depositario Judicial del Mismo al ABG. PEDRO GONZALEZ, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa P.D.V.S.A., Petróleos, S.A.; se decretó apostamiento de la Guardia Nacional en virtud de que los habitantes del mismo se negaron a desocuparlo. Asimismo, se deja constancia de la presencia del Defensor del Pueblo del Estado Falcón y de los funcionarios del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Carirubana y se acuerda devolver la presente comisión al Tribunal Comitente.