REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
En fecha 05-12-2003, se dicta auto, donde se le da entrada al Oficio N° 2510-314 de fecha 03-12-2003, emanado del Juzgado Primero del Municipio Miranda del Estado Falcón; en consecuencia este Tribunal acuerda de conformidad y ordena la entrega de las cantidades de dinero por concepto de caución, al momento de practicarse el Embargo Preventivo y las cuales están depositadas en la Cuenta de este Tribunal, a la ciudadana: Gabriela Luisa Donelli viuda de Sánquiz, en su carácter de Administradora de la Sociedad Mercantil FARMACIA ASHANTY, S.R.L. por lo que se ordena elaborar Recibo de Pago y Cheque por las cantidades retenidas y depositadas en este Tribunal por la presente causa; así mismo se ordena la remisión como actuaciones complementaria copia del Recibo de Pago, del Cheque y del auto que lo provee al Tribunal respectivo. En esta misma fecha se remite Oficio N° 378-2003 al Tribunal comitente con los recaudos acordados.-