REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL SEGUNDO DE CONTROL
Coro, 9 de Diciembre de 2003
Años: 193º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-S-2003-003705
Visto el escrito presentado ante la Oficina del Alguacilazgo por la ABOG. JOSE ALBERTO GARCIA MONTES, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público del Estado Falcón, mediante el cual pone a disposición de este Tribunal al ciudadano: JORGE JAVIER HERNANDEZ, a quien se le imputa la comisión del delito CONTRA LA PROPIEDAD , se recibe, se registra su entrada bajo el No. IP01-S-2003-003705 , en tal sentido observadas las actuaciones que conforman la presente solicitud y estando llenos los extremos de los Artículos 8, 9, 243 del Código Orgánico Procesal Penal y de los artículos 44 ordinal 1° de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, acuerda la Libertad Plena del referido ciudadano y así se decide. En consecuencia este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano: JORGE JAVIER HERNANDEZ, N.P.D.P., residenciado en el Barrio 5 de Julio, Calle Libertad Casa S/N de esta ciudad de Coro, de conformidad con los Artículos 8, 9, 243 del Código Orgánico Procesal Penal y de los artículos 44 ordinal 1° de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad. Igualmente se designó el respectivo defensor, recayendo tal designación en la persona del Defensor Público Sexto Penal. Líbrese la correspondiente Boleta de Notificación y remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía a fin de que prosiga con las investigaciones. Cúmplase.-
ABOG. YANYS MATHEUS SUAREZ
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABOG. WLADIMIR SALOM
SECRETARI0 DE SALA
NOTA: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en Decisión que antecede. Se libro Boletas de Libertad N° ______, Boletas de Notificación a la Defensor Público Sexto Penal y Oficio N° 2CO-_________/02 a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público del Estado Falcón.
EL SRIO