REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

Se le da entrada a Despacho de Exhorto emanado del Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-
En fecha 1-09-2003, se dicta auto, dándole entrada a escrito presentado por la Abog. Betty Rodríguez de Graterol, Inpreabogado N° 53.945, quien consigna Poder Especial que le fuera otorgado por el demandante ciudadano: Ruben Medina, por ante la Notaría Pública de Coro, en fecha 11-07-2003, inserto bajo el N° 36, Tomo 50 de los Libro s de Autenticaciones; en consecuencia agréguese a los autos y téngase como parte; se provee de conformidad y se ordena el traslado y constitución del Tribunal en el lugar que señale la parte interesada, fijándose para ello el día respectivo y se libran las notificaciones pertinentes.-
En fecha 02-09-2003, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por la Abog. Betty Rodríguez de Graterol, con el carácter acreditado en autos; en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y según lo solicitado por la diligenciante, difiere la práctica de la Medida Preventiva de Embargo acordad en el presente Despacho, para el día y la hora que fijará este Tribunal, previa solicitud de la parte actora, mediante auto separado.-
En fecha 12-02-2004, se dicta auto, por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido más de tres (03) meses de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente Despacho, contándose desde la fecha de la última actuación; en consecuencia se ordena su remisión al Tribunal comitente. En esta misma fecha se remite mediante oficio N° 055-2004, constante de diecisiete (17) folios útiles.-