REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

Se le da entrada a Despacho de Exhorto emanado del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-
En fecha 05-08-2003, se dicta auto, dándole entrada a diligencia suscrita por el Abog. Francisco Sangronis, donde este Tribunal provee de conformidad y ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, fijándose para ello el día respectivo y se libra la notificación respectiva.-
En fecha 05-08-2003, se levanta Acta de Embargo, donde se le da fiel y estricto cumplimiento al Despacho emanado del Juzgado Segundo del Municipio Miranda del Estado Falcón, en dicho acto, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Legal y Preventivamente Embargados los Bienes Muebles señalados por la parte actora; y en virtud de que el avalúo de dichos bienes no cubrió la cantidad de la demanda la parte actora se reservó el derecho de seguir señalando bienes propiedad del demandado de autos. A solicitud de la parte actora, este Tribunal designa como Guarda y Custodia de los bienes embargados a la ciudadana Vilma Fernández, quien recibió conformes dichos bienes y se comprometió a cuidar como buen padre de familia.-
En fecha 30-01-2004, se dicta auto, por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido más de tres (03) meses de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente Despacho, contándose desde la fecha de la última actuación; en consecuencia se ordena su remisión al Tribunal comitente. En esta misma fecha se remite mediante oficio N° 020-2004, constante de doce (12) folios útiles.-