REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio de Punto Fijo
Punto Fijo, 3 de Julio de 2003
193º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL : IK11-P-2002-000015
ASUNTO : IK11-P-2002-000015

AUTO

Este Tribunal,oida la solicitud que en ocación del celebración de Audiencia Oral con motivo de diferir la fecha para la realización de juicio Oral y Público que se debía celebrar en fecha primero de Julio en el asunto No IK-11-P2002-000015 ,en donde aparece como acusado el ciudadano WILMO CARRILLO debido a la incomparecencia del ciudadano defensor EDER HERNANDEZ y a la solicitud fiscal, en esa oprtunidad el defensor público VICTOR LLAMOZAS la ratificación de solicitud de revisión de medida de privación de libertad a su defendido.Este Tribunal observando que el antes nombrado acusado,tiene a la fecha 2años y cinco meses de privación sin que se le haya realizado Juicio Oral, no por causas imputables al tribunal o el propio acusado,decide sustituir la medida impuesta al ciudadano acusado WILMO CARRILLO, y en su lugar impone la medida de arresto domiciliario de conformidad con los articulos 256 Ord.primero y 264 del Código Organico Procesal Penal en concordancia con los articulos 26 y 49 de Constitución Bolivariana deVenezuela. Debiendo la defensa presentar a este tribunal,una dirección distinta a la suministrada, ya que en ese inmueble habitan testigos presentados por la fiscalia para el juicio Oral y Público. Notifiquese y Oficiese lo conducente.
LA JUEZ SEGUNDO DE JUICIO.

ABG. NERIDA CASTILLO.
LA SECRETARIA.

ABG. RITA CACERES