REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, DEL TRABAJO Y DE MENORES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, DEL TRABAJO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN CORO.
SANTA ANA DE CORO, 12 DE JUNIO DE 2003.
AÑOS 193 Y 144.
Visto el desistimiento que de la recusación intentada contra el abogado Alberto Chuqui, Juez Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, promovieran los ciudadanos JOSE CABRERA y ENEYDA DE CABRERA, actuando en su propio nombre y derecho, este Tribunal, por cuanto se presume la capacidad de obrar de éstos, de conformidad con el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, homologa el desistimiento. En consecuencia, se impone a cada uno de los recusantes una multa de dos mil bolívares (Bs. 2.000,oo), a nombre del Fiscal Nacional, para lo cual, deberá retirar la planilla, Forma 02, en las oficinas del Instituto Postal Telegráfico, (IPOSTEL), para que sea cancelado en el Banco correspondiente, y consignar en el expediente copia del talón de depósito bancario.
EL JUEZ TITULAR,
DR. MARCOS ROJAS G.
EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. DANIEL CURIEL FERNANDEZ.
MRG/DCF/jessica.-
Exp. N° 3282.-