REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, DEL TRABAJO Y DE MENORES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, DEL TRABAJO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN CORO.
SANTA ANA DE CORO, 16 DE JUNIO DE 2003.
AÑOS 193 Y 144.
Por cuanto, mediante auto de fecha, 12 de junio del corriente año, por el cual se fijo oportunidad para la declaración de los testigos, Néstor Villalobos y Wilfredo Maldonado, “para el 08 de abril” del corriente año, lo cual contiene un error material, pues, este no es el día ni el mes, sino el 18 de junio de 2003, a las 11:30 am y 12:30 pm, en el orden que se mencionan los testigos, que corresponde al tercer día de despacho a que se refiere el artículo 483 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, queda corregido el error señalado.
EL JUEZ TITULAR
DR. MARCOS ROJAS GARCIA.
EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. DANIEL CURIEL FERNANDEZ.
MRG/DCF/jessica.-
Exp. N° 3081.-