REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Corte de Apelacion Penal de Coro
Coro, 12 de Junio de 2003
193º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL : IG01-R-2002-000012
ASUNTO : IG01-R-2002-000012
Vista la solicitud interpuesta ante este Despacho Judicial por el Abogado ALEXANDER GONZÁLEZ, Director del Internado Judicial de Falcón, en virtud del cual solicita Autorización para trasladar al interno MANUEL MARCANO, Cédula de Identidad N° 14.518.256, al Centro Penitenciario Occidente, Santa Ana, Estado Táchira con el fin de participar en los Juegos Penitenciarios Nacionales a celebrarse en dicho Estado entre los días 13 al 26 de junio de 2003. En virtud de lo dispuesto en los artículos 21 y 111 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que consagran:
Artículo 21. Todas las personas son iguales ante la Ley; en consecuencia:
1°. No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo... o aquellas que, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona.
Artículo 111: Todas las personas tienen derecho al deporte y a la recreación como actividades que benefician la calidad de vida individual y colectiva El Estado asumirá el deporte y la recreación como política de educación y de salud pública y garantizará los recursos para su promoción...
El Estado garantizará la atención integral de los y las deportistas sin discriminación alguna, así como el apoyo al deporte de alta competencia...
La Ley establecerá incentivos y estímulos a las personas, instituciones y comunidades que promuevan a los y las atletas y desarrollen o financien planes, programas y actividades deportivas en el país.
Considera esta Instancia Superior que la promoción del Deporte dentro de los recintos Penitenciarios contribuye a elevar la calidad de vida y la autoestima de los internos, por lo cual se acuerda Autorizar el traslado del ciudadano MANUEL MARCANO, titular de la Cédula de Identidad N° 14.518.256, para que participe en los Juegos Penitenciarios Nacionales, a celebrarse en el Estado Táchira del 13-06-2003 al 26-06-2003, para lo cual se acuerda oficiar al Director del Internado Judicial, comunicándole la presente decisión. Líbrese oficio.
RANGEL MONTES CHIRINOS MARLENE MARÍN DE PEROZO
JUEZ PRESIDENTE JUEZA
GLENDA OVIEDO RANGEL
JUEZA
La Secretaria.
En la misma fecha se libró oficio.
La Secretaria.