REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
SALA ACCIDENTAL
Coro, 9 de Junio de 2003
193º y 144º

ASUNTO PRINCIPAL : IG01-R-2002-000050
ASUNTO IG01-R-2002-000050

AUTO DE FIJACIÓN DE AUDIENCIA ORAL


Por cuanto consta de las actuaciones que en fecha 11 de Abril de 2002, esta instancia Judicial declaró admisible el recurso de apelación ejercido por el Abogado RAMÓN ANTONIO NAVAS, en su condición de Defensor Privado del ciudadano JOSÉ ÁNGEL GARCÍA, habiendo fijado y celebrado la audiencia oral para que las partes argumentaran las razones y fundamentos del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado Primero de Juicio, Extensión Punto Fijo, y tal como consta al folio 75, dicha audiencia fue celebrada el día 30 de Abril de 2002, acogiéndose la Corte de Apelaciones al lapso previsto en el artículo 456 del Código Orgánico Procesal Penal para emitir la decisión, siendo que el día 13-11-02 y 14-11-02 tomaron posesión del cargo de Jueces Titulares de esta Corte de Apelaciones las Magistrados GLENDA OVIEDO RANGEL y MARLENE MARÍN DE PEROZO, habiéndose producido el avocamiento de los Jueces Titulares de este Despacho Judicial, en fecha 03 de Diciembre de 2002, Inhibiéndose del conocimiento del asunto la Jueza MARLENE MARÍN DE PEROZO en fecha 09 de enero de 2003, por lo cual acordó convocar al Juez Suplente de esta Corte de Apelaciones, Abg. NAGGI RICHANI SELMAN, en virtud de que la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia designó a los Suplentes de la Corte de Apelaciones en fecha 24-03-2003, quien se avocó al conomiento de la causa el día 05 de mayo de 2003, constituyéndose la Sala Accidental en esa misma fecha, y en virtud de la garantía constitucional de la Tutela Judicial Efectiva y del Principio de Inmediación que obliga a los Jueces a presenciar ininterrumpidamente las audiencias en las que deban dictar decisión, se acuerda:
PRIMERO: Designar como Magistrada Ponente a la Dra. GLENDA OVIEDO RANGEL para producir la decisión en la presente causa.

SEGUNDO: FIJAR LA AUDIENCIA ORAL Y PÚBLICA para la SÉPTIMA (7ma) AUDIENCIA siguiente a las 11:15 de la mañana, contadas a partir de la fecha que conste en autos la notificación de la última de las partes, para que las debatan las razones y fundamentos del recurso de apelación ejercido, a cuyo efecto se ordena librar boletas de notificación a las partes. Cúmplase.


Dr. RANGEL MONTES CHIRINOS Dra. GLENDA OVIEDO RANGEL Juez Presidente Jueza




Dr. NAGGI RICHANI SELMAN
Juez Suplente Dra. Jenny Oviol Rivero
Secretaria



En la misma fecha se libraron boletas de notificación a las partes.



La Secretaria