REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 7 de Junio de 2003
193º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2003-000548
ASUNTO : IP11-S-2003-000548
AUTO ACORDANDO LA LIBERTAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 44 ORDINAL 1° DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Visto el escrito presentado por el Ciudadano Abogado: JESUS ALBERTO DICURU ANTONETTI, en su carácter de Fiscal Sexto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, mediante el cual solicita de conformidad con lo establecido en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la libertad del ciudadano: EDIXON ENRIQUE MOLINA, titular de la cédula de identidad N° V- 14.075.763, de oficio estudiante, de 26 años de edad, nacido en fecha 06-07-1976, soltero, natural de Punto Fijo, y residenciado en: La Urb. Jorge Hernández, sector 04, vereda 06, casa N 11, Punto Fijo Estado Falcón, en consecuencia este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, acuerda: Darle entrada; ahora bien, el Ministerio Público en su carácter de titular de la Acción Penal de acuerdo a lo previsto en las Normas Legales que a continuación se citan: artículo 285 ordinal 4to. de la Constitución Nacional, 11, 24 y 108 ordinal 1º. del Código Orgánico Procesal Penal y Artículo 11, ordinal 4o. y 34, ordinales 1º., 3º. y 8º. de la Ley Orgánica del Ministerio Público no imputó delito alguno y tampoco solicitó medida cautelar alguna, por el contrario como ya se acotó solicitó la libertad plena, por consiguiente, no puede proceder este Órgano Jurisdiccional de una forma distinta a la solicitada por el Ministerio Público de acuerdo con lo dispuesto en las mencionadas normas y en consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA e INMEDIATA del ciudadano: EDIXON ENRIQUE COLINA GOMEZ, antes identificado. Igualmente el Tribunal ordena que la presente causa sea tramitada por el procedimiento Ordinario. En consecuencia libérese las correspondientes boletas de libertad, ofíciese lo conducente.
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO
Abog. Jesús Armando Inciarte
LA SECRETARIA
Abog. Yrene Tremont.