REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

Se le da entrada a Despacho de Comisión emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón; de esta Comisión este Tribunal pidió información sobre el estado en que se encuentra en fecha 27-01-2003, mediante Oficio N° 35-2003, en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-
En fecha 15-10-2003, se dicta auto, por cuanto en fecha 27 de Enero de 2003, mediante Oficio N° 35-2003, se solicitó la ratificación o confirmación de la presente Medida de Desalojo, siendo contestado dicho oficio por medio de Comunicación de fecha 08 de Abril de 2003, bajo el Oficio N° 27l, por medio del cual se libró nuevo Mandamiento de Ejecución por el Tribunal de la Causa y siendo que la presente Comisión se practico en fecha 27 de Agosto de 2003 y remitida cumplida con Oficio N° 273-2003 en fecha 28 de Agosto de 2003, bajo el número de Comisión 730-2003, siendo ésta actuaciones que complementaban a la presente comisión y por error involuntario de Secretaría se abrió Cuaderno separado de Comisión; en consecuencia este Tribunal ordena la remisión de la presente comisión por cuanto la misma ya ha sido cumplida mediante la Comisión N° 730-2003, al Tribunal comitente. En esta misma fecha se remite mediante Oficio N° 322-2003, constante de seis (06) folios útiles.-