REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON
TRIBUNAL PENAL SEGUNDO DE CONTROL
Coro, 31 de Marzo de 2003
192º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-S-2003-000027
ASUNTO : IP01-S-2003-000027
En fecha 21 de Febrero de 2003, la Abg. LUCY FERNANDEZ VILLALOBOS actuando con el carácter de Fiscal Primero de Transición del Ministerio Público del Estado Falcón, presentó escrito por intermedio de la Oficina del Alguacilazgo, mediante el cual solicitó el Sobreseimiento del asunto seguido en contra de AREVALO RAFAEL ANTONIO, venezolano, de 38 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-03.902.434, residenciado en la avenida Montes de Oca, Residencia Bocata, piso 5, apto 52, Valencia, por el delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 464 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos: JOSE ANGEL VELAZQUEZ ZAMBRANO, venezolano, natural de Chichiriviche, Estado Falcón, calle Ruiz Pibe, casa s/n, titular de la cédula de identidad N° V-8.777.057, ARTEAGA CORDERO ALEJANDRO RAFAEL, venezolano, natural de de Chichiriviche Estado Falcón, de 26 años de edad, soltero, obrero, con domicilio en la calle partida n°32, Chichiriviche, portador de la cédula de identidad N° V-7.159.533, GIARAMITA AUCELLO GIUSEPPE, venezolano, natural de Italia, de 50 años de edad, soltero, comerciante, residenciado en Chichiriviche, avenida fabrica de cemento, residencias Miramar, casa N° 15, titular de la de identidad N°-16.369.206, BAPTISTA PUYOSA AMILCAR JESUS, venezolano, natural de Chichiriviche, de 26 años de edad, soltero, herrero, residenciado en Chichiriviche, calle Coromoto N° 5 Estado Falcón, titular de la cédula de identidad N°V-10.247.110, y CORNIEL CESAR ROSENDO COLINA, venezolano, natural de Puerto Cabello, de 27 años de edad, soltero, profesión u oficio constructor, reside en Chichiriviche, calle Barrio Nuevo N° 3 Estado Falcón, titular de la cédula de identidad N°.V- 7.578.346.
La representación fiscal solicita el Sobreseimiento de la causa de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° en concordancia con el ordinal 8° del artículo 48, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Este Tribunal entra a analizar las presentes actuaciones y pasa a determinar si la acción penal para perseguir el delito objeto del la presenta causa se encuentra prescrita o no, y a tal efecto se observa que desde la fecha 08 de Junio de 1995 hasta la presente fecha, ha transcurrido un lapso superior al establecido en el ordinal 5° del artículo 108 del Código Penal, para que opere la PRESCRIPCION de la acción penal, por lo tanto es procedente declarar con Lugar la solicitud fiscal, por encontrarse ajustada a derecho, ya que la acción penal para proseguir los hechos denunciados se encuentra evidentemente prescrita. Y ASI SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEL ASUNTO seguido en contra de: CHIRINOS YANEZ ALFREDO, por el delito de: ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 464 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos: JOSE ANGEL VELAZQUEZ ZAMBRANO, ARTEAGA CORDERO ALEJANDRO, GIARAMITA AUCELLO GUISSEPE. BAPTISTA AMILCAR, CORNIEL CESAR. Y Declara Extinguida la Acción Penal en el presente asunto.
Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente.
ABG. YANYS MATHEUS SUAREZ
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. LYDDA BENITEZ DE TORRES
CAUSA N° IP01-S-2003-000027