REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio de Coro
Coro, 24 de Marzo de 2003
192º y 144º

ASUNTO PRINCIPAL : IK01-P-2002-000036
ASUNTO :IK01-P-2002-000036


AUTO DE ACORDANDO CAMBIO DE RESIDENCIA DE ARRESTO DOMICILIARIO

Visto el escrito de fecha 14-03-03, presentado por el ciudadana: NANCY ARIA DE MORENO, Defensor Público sexto Penal, actuando en este acto como del Defensor del ciudadano: EDWIN ENRIQUE BOHORQUEZ LABRADOR ampliamente identificado en la causa Nª: 1M-114/02, mediante el cual solicita a este Despacho: “En fecha 11 de Febrero del presente año se le acordó a mi representado medida cautelar sustitutiva prevista en el ordinal 1 del articulo 256 del código orgánico procesal penal ( detención con apostamiento policial ) , en la casa N° 5 del callejón Buchivaca de Bobare de esta ciudad de coro; pero es el caso que mi defendido se le presentado la necesidad de mudarse de esa casa a otra, la cual esta ubicada a dos (2) casa de la anterior , es decir, el callejón BUCHIVACOA, CASA N°51, PROPIEDAD DE LA FAMILIA HERNANDEZ FLORES, TELEFONO 2528708, solicitud que le hago en virtud de que mi defendido no tiene medio económico para mantenerse y en esta ultima vivienda no le cobran por su estadía y con esto mi defendido no incumple con la Medida Cautelar acordada por este Tribunal .”
Analizado El Escrito de la solicitud de la Defensora Publica Sexta Ciudadana ABG NANCY ARIA DE MORENO Esta Jugadora lo Admite por no ser contrario a derecho ; Este Tribunal Primero de Juicio Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara con lugar El cambio de Detención Domiciliaria Con Apostamiento Policial del Ciudadano EDWIN ENRIQUE BORQUEZ LABRADOR Para La Casa de la Familia Hernández Flores, Teléfono 2528708 Ubicada En La Callejón Buchivacoa, Casa N 51 , A tal efecto, Oficies lo conducente a las fuerza Armadas Policiales Del Estado Falcón, al Fiscal, y al Defensor. Cúmplase.
El Juez

El Secretario
Abg. Zennly Urdaneta


Abg. Florangel Figueroa.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria