REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion de Coro
Coro, 19 de Marzo de 2003
192º y 144º

ASUNTO PRINCIPAL : IL01-E-2000-000001
ASUNTO :IL01-E-2000-000001

ASUNTO ANTIGUO : 2E-107-2000

Años: 191° y 143°

COMPUTO DE PENA

A los fines de dar cumplimiento a lo acordado en auto que antecede, este Tribunal pasa a efectuar el cómputo correspondiente de la pena impuesta al penado EDUARDO JOSE RIVERO PARRA CONFORME a lo previsto en los artículos 475 y 477 DEL Código Orgánico Procesal Penal. El Penado EDUARDO JOSE RIVERO PARRA, ha sido condenado a cumplir la pena de diez (10) años de presidio, dicho cómputo se inicia en fecha 16-09-99, por lo tanto ha cumplido hasta la presente fecha TRES (03) AÑOS, SEIS (06) MESES Y TRES (03) DÍAS, más el tiempo redimido por el trabajo y el estudio en fecha 21-11-2001.UN (01) año, Cuatro (04) meses y catorce (14)días y en fecha 12 de Marzo de 2003, Un (01) año, Un año, un (01) mes ocho días y doce horas, da un total de pena cumplida de cinco (05) años, once (11) meses, veinticinco (25) días, doce (12) horas, faltándole por cumplir cuatro (04) años y cinco (05) días, pudiendo optar las Medidas Alternativas de cumplimiento de pena en el siguiente orden:
-- Destacamento de Trabajo: desde hoy
-- Régimen Abierto: desde hoy
-- Libertad Condicional: En fecha 24 de Noviembre del año 2003-03-19
-- Confinamiento: En fecha 24 de Septiembre del año 2004
-- Cumple la pena: En fecha 24 de Marzo del año 2007.

LA JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÒN

ABG. YELITZA SEGOVIA

LA SECRETARIA


ABG. OLIVIA BONARDE