REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de Punto Fijo
Punto Fijo, 31 de Marzo de 2003
192º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL : IL11-P-2000-000006
ASUNTO : IL11-P-2000-000006
RESOLUCION REVOCATORIA DE BENEFICIO
Por cuanto el Tribunal observa en las actuaciones que conforman el presente asunto, signado con el N° IL11-P-2000-000006, seguido contra JOSE ALEXANDER ROA, titular de la cedula de identidad N° V-15.917.850, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE Y LESIONES PERSONALES INTERNCIONALES MENOS GRAVES, en perjuicio de GUSTAVO RAMIREZ y actualmente recluido en el Internado Judicial de Coro, condenado a cumplir la pena de Diez (10) años, diez (10) meses y Veinte (20) dias de presidio, en Audiencia preliminar por admisión de hechos, dictada por el juez Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, el dia 16-06-.2000, en fecha 15 de Octubre del año 2002, mediante auto que riela al folio 120, este Tribunal de Ejecución de conformidad a lo previsto en los articulos 67 de la Ley de Regimen Penitenciario y 501 del Codigo Orgánico Procesal Penal concedio el Benefico de Destacamento de trabajo al penado ROA JOSE ALEXANDER, el cual deberia cumplir en la firma comercial "Lavaito Center" Ubicado en la calle Maparari, entre Avenida Pinto Salinas y Avenida Ramon Antonio Medina en un horario de Lunes a Viernes con una jornada diaria de ocho (08) horas de ocho (08) de la mañana a doce (12) meridiem y de dos (02) a seis (06) de la tardeincluyendo Sabados, debiendo ingresar a su pernocta a las seis (06) de la tarde. En fecha 19-11-2002 se recibio en este Despacho oficio N° 358, de fecha 18-11-2002 emanado de la Dirección del Internado Judicial en el cual hace del conocimiento de este Tribunal que el destacamentario ROA JOSE ALEXANDER el día Sabado 16 del corriente (16-11-2002) salio del Establecimiento a las 7;30 de la mañana y no regreso sino hasta el dia Domingo 17 del presente a las 11:50 de la mañana y segun versiones aportadas por familiares de internos, fue visto en la ciudad de Punto Fijo. En fecha 20-11-2003, se recibio en este Despacho oficio N° 654 de fecha 18-11-2002 emanado de la directora de la Unidad Tecnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, sociologo Idalia Gil Medina, en el cual comunica a este Despacho que el destacamentario ALEXANDER JOSE ROA no pernocto en el recinto carcelario el dia Sabado 16-11-2002 regresando el dia Domingo y manifestando que se encontraba en Punto Fijo, Asi mismo informa que ha dicho destacamentario le fue suspendida la salida a su sitio de trabajo, por dicha unidad. En visita carcelaria efectuada el dia 10-12-2002, se sostuvo entrevista con el penado quien hace entrega al tribunal, correspondencia enviada por el Oferente Ruben Cabrera, donde se puede leer, " Yo Ruben Cabrera...., por medio de la presente informe que no ha retirado de este empresa al ciudadano JOSE ALEXANDER ROA..." en fecha 19-12-2002, folio ( 141), mediante auto este Tribunal de Ejecución resuelve darle una nueva oportunidad al penado de continuar con el beneficio de Destacamento de Trabajo concedido el (15-10-2002), con la advertencia de; que de haber otra irregularidad se le revocara el Benefico. En fecha 03-01-2003 se recibio Oficio N° 432 de fecha 26-12-2002, emanado de la Directora del Internado Judicial donde informa que el destacamentario JOSE ALEXANDER ROA, se presento a ese recinto carcelario en estado de embiaguez (folios 145). En fecha 24-02-2003, se recibio a traves de la oficina de Alguacilazgo oficio N° CR4-D-42-1RA.CIA-3ERPLTON-SO-029, de fecha 23-02-2003, en el cual remite anexo acta de investigación penal N° 034, relacionada con el penado JOSE ALEXANDER ROA, informando que el mismo cumplio 24 horas de retardo, debia regresar de su trabajo al centro Penitenciario el dia 22-02-2003 a las 6;00 de la tarde, no regresando hasta la presente fecha 23-02-203 , folios 149 y 150 al folio 151 cursa inserto oficio N° 110 de fecha 24-02-2003, emanado de la Dirección del Internado Judicia, mediante el cual se informa a este Despacho " que el destacamentario ROA ALEXANDER JOSE salio a su jornada laboral a las 7:30 de la mañana del dia 22-02-2003 y siendo las 9:30 de la mañana del dia 24-02-2003, no se ha presentado a este recinto carcelario...,... a las 9:30 de la mañana del día 22-02-2003, se recibio una llamada del referido destacamentario... Que se encontraba en el velorio de una hermano..." Al folio (152) cursa inserta acta levantada en virtud de entrevista sostenida con el penado ROA LEXANDER JOSE en visita efectuada al internado judicial el dia 12-03-2003 a quien se le informó del oficio N° 013 en el cual se le suspende la salida al area laboral por la delgado de prueba Sociologo Ivonne Yagua (folio 153) y consignado ante la secretaria del Tribunal en esa visita (12-03-2003), asi como se hara el estudio correspondiente a los fines de resolver lo conducente en el mencionado caso, por cuanto el destacamentario incurrio en una nueva falta, al llegar al Internado Judicial con un retardo de 9:00 hora. Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal de Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que me confiere la ley REVOCA EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO concedido al penado ROA JOSE ALEXANDER, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-15.917.350, con residencia en el Barrio Creolandia, calle Primorosa con calle Bolivar casa S/n, Punto Fijo, Estado Falcón, y actualmente recluido en el Internado Judicial de la ciudad de Coro por incumplimiento de las obligaciones, todo de conformidad por lo previsto en el articulo 512, del Codigo Organico Procesal Penal y asi se decide, En consecuencia oficiese al Internado Judicial de la ciudad de Coro, a la Unidad Tecnica de Apoyo al Sistema Penitenciario delegado de Prueba sociologo Ivonne Yagua, al Fiscal Sexto del Ministerio Publico al Penado, al defensor publico Abg. Ramón Navas. Cumplase.
LA JUEZ DE EJECUCION.-
ABG. LIMIDA LABARCA BAEZ.-
LA SECRETARIA.-
ABG. YOLITZA BRACHO.-