REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
SANTA ANA DE CORO: TRECE (13) DE MAYO DE DOS MIL TRES. (2003).-
AÑOS: 192° Y 144°

Este Tribunal con vista a la medida cautelar Innominada de Suspensión solicitada por la parte accionante, en la acción de Amparo constitucional, sometida a consideración la acuerda de conformidad. En consecuencia, fundamentado en la doctrina emanada de la Sala Constitucional de Nuestro Supremo Tribunal de Justicia, en lo atinente a la no necesidad de la concurrencia de ciertos presupuestos procesales para su procedencia o no. Este Tribunal con el objeto de evitar que se este ocasionando un posible daño en los derechos de rango constitucional denunciados por quien interpone la solicitud. Decreta MEDIDA CAUTELAR, de suspensión u obtención de cualquier acto que implique, objetar, impedir limitar, obstruir por parte de los supuestos agraviantes JUNTA DIRECTIVA DEL SINDICATO SOEINUFALCA, ciudadanos JUAN ROJAS, FREDDY NAVARRO, WILFREDO ZAVALA, ROMER SANCHEZ, FLOR COLINA, MONICA JIMENEZ, RAIZA SOTO, ALEXIS QUINTERO Y SAMUEL KRAINSKI. La toma del FOPE, así como de cualquier otra instalación en cual la empresa preste servicios a la UNEFM. Por lo que queda prohibido durante la vigencia de la medida acordada que los miembros de la junta Directiva del Sindicato, ya identificados, puedan llevar acabo cualquier acto



perturbación que impida el normal desempeño de las actividades laborales y de estudio dentro de la Unefm. ESTE Tribunal hace del conocimiento de los presuntos agraviantes, que los efectos de la medida cautelar, perduran hasta tanto se decida la procedencia o no de la solicitud de Amparo Constitucional. Se ordena librar Boleta al Orégano de la Comandancia de la Policía Judicial , con sede en la Ciudad de Coro, para que en su condición de órgano auxiliar del Poder Judicial, realice acto de presencia en la sede del FOPE, con el objeto de velar, vigilar el normal cumplimiento de la medida acordada sin que se cometan excesos que menoscaben los derechos humanos. Líbrese oficio y boleta de notificación de la medida. (mery).-

EL JUEZ SUPLENTE

ABG. EDUARDO YUGURI PRIMERA.



LA SECRETARIA ACCIDENTAL

YUMERY BORGES.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

LA SECRETARIA ACC