REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

Se le da entrada a Despacho de Exhorto emanado del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-
En fecha 25-05-2.004, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por el Abog. Alfredo Flores Medina, según con lo solicitado por el diligenciante, en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, fijándose para ello el día respectivo, se acuerda librar las Notificaciones respectivas a los Auxiliares de Justicia.-
En fecha 12-07-2.004, se dicta auto, por cuanto para la fecha en que se había fijado la práctica de la Medida a que se contrae el presente Despacho, No Hubo Despacho; en consecuencia, se fija nueva oportunidad para el día respectivo, por lo que se acuerda librar Boletas de Notificación a los Auxiliares de Justicia, tres (03) días antes de su ejecución.-
En fecha 06-08-2.004, se dicta auto, por cuanto para la fecha en que se había fijado la práctica de la Medida a que se contrae el presente Despacho, No Hubo Despacho; en consecuencia, se fija nueva oportunidad mediante auto separado.-
En fecha 22-11-2.004, se dicta auto, por cuanto se acordó fijar mediante auto separado la práctica de la presente Medida; en consecuencia este Tribunal ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada a fin de darle cumplimiento al Decreto de Medida de Embargo, se fija el día respectivo y se libran las notificaciones a los Auxiliares de Justicia.-
En fecha 06-12-2.004, se dicta auto, por cuanto la parte ejecutante no compareció para la práctica de la Medida acordada en el presente Despacho, se concede nueva oportunidad para el día y la hora que fijará este Tribunal previa solicitud de la parte interesada, mediante auto separado.-
En fecha 14-03-2.005, se le da entrada al Oficio N° 83-2.005, de fecha 07-03-2.005, emanado del Tribunal Segundo del Municipio Miranda de esta Circunscripción Judicial, por medio del cual ordenó la remisión del presente Despacho al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral de esta Circunscripción Judicial; en consecuencia se ordena la remisión del presente Despacho en el estado en que se encuentra al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral de esta Circunscripción Judicial, dada la competencia del Juicio. En esta misma fecha se remite mediante Oficio N° 087-2.005, constante de sesenta y nueve (69) folios útiles.-