REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Corte de Apelacion Penal de Coro
SALA ACCIDENTAL
Santa Ana de Coro, 26 de Mayo de 2003
193º y 144º

ASUNTO PRINCIPAL : IG01-R-2002-000035
ASUNTO IG01-R-2002-000035

AUTO DE SOLICITUD DE ACTUACIONES

JUEZA PONENTE: GLENDA OVIEDO RANGEL

Han ingresado a esta Alzada las presentes actuaciones con motivo del recurso de apelación ejercido por el Abogado EDEL JOEL HERNÁNDEZ, en su condición de Defensor Público Primero Penal de este Estado, Extensión Punto Fijo, del ciudadano: CIRILO ANTONIO MARÍN PÉREZ, contra el Auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Control de este Circuito Judicial Penal de la referida Extensión, en fecha 07 de noviembre de 2002, que declaró la imposición de una medida cautelar sustitutiva a su defendido, concretamente, la del arresto domiciliario establecida en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal ordinal 1°, recurso de apelación que no fue contestado por la Representación de la Fiscalía del Ministerio Público.
Sin embargo, en el caso que nos ocupa, se alude en el escrito recursorio a una serie de actuaciones y al auto objeto del recurso que no fueron remitidas a esta Alzada, por lo que, esta Corte de Apelaciones, al considerar que para decidir son indispensables las actuaciones a las que alude la Defensa, con base en lo dispuesto en el último aparte del artículo 449 del Código Orgánico Procesal Penal que establece: “Excepcionalmente, la Corte de Apelaciones podrá solicitar otras copias o las actuaciones originales…”, acuerda solicitar al Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, la remisión de las copias certificadas del Acta levantada al momento de celebrarse la Audiencia Oral el día 07-11-2002, en el Expediente N° 2C-07-2002 y que contiene la decisión apelada. Líbrese Oficio de remisión.
Asimismo, considera esta Corte de Apelaciones necesario llamar la atención al Juez Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Extensión Punto Fijo, en el sentido de que dé cumplimiento a la normativa procesal vigente en cuanto al trámite de los recursos de apelación contra autos y, en su caso, remita a esta Alzada las actuaciones a las que aluden las partes en sus escritos recursorios y de contestación a los mismos, a los fines de garantizar una justicia eficaz, celera, cónsona que con las exigencias del artículo 257 Constitucional.



DR. RANGEL MONTES CHIRINOS
JUEZ PRESIDENTE

DRA. GLENDA OVIEDO RANGEL
JUEZA PONENTE

DRA. YELITZA SEGOVIA
JUEZA SUPLENTE


Dra. Jenny Oviol
Secretaria


En la misma fecha se libró oficio al Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Extensión Punto Fijo.

Secretaria.