REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

Se le da entrada a Despacho de Exhorto emanado del Tribunal Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-
En fecha 30-01-2004, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por la Abog. Natcarly Barroso, en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y ordena su traslado y constitución en el lugar que indique la parte interesada, fijándose para ello el día respectivo y se libran las Notificaciones a los Auxiliares de Justicia.-
En fecha 03-02-2004, se levanta Acta de Embargo, a fin de darle fiel y estricto cumplimiento al Despacho emanado del Tribunal Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, el cual Decretó Medida Preventiva de Embargo Sobre Bienes Muebles propiedad de la parte demandada, en el Juicio por Cobro de Bolívares-Intimación. En dicho acto este Tribunal Declaró Preventivamente Embargado el Bien Mueble señalado por la parte actora Abog. Natcarly Barroso, el cual se puso en posesión del representante legal de la Firma Depositaria Judicial Falcón, C.A., quien lo recibió conforme. En este mismo acto la parte ejecutante solicitó la remisión del presente Despacho al Tribunal Comitente; según con lo solicitado por la ejecutante este Tribunal acuerda la remisión del Despacho al Tribunal comitente. En esta misma fecha se remite mediante Oficio N° 030-2004, constante de trece (13) folios útiles.-