REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 7 de Noviembre de 2003
193º y 144º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2003-001634
ASUNTO : IP11-S-2003-001634


IDENTIFICACION DE LAS PARTES
JUEZ: ABOG. NARQUIS CHIRINOS RODRIGUEZ
MINISTERIO PÚBLICO DECIMA: QUINTA: Abg.: MEURY LEONOR LEIDENZ
DEFENSOR PÚBLICO ABG. VICTOR JULIO LLAMOZAS
IMPUTADO: NELSON JOSUE SAMBRANO
HECHO: VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA FAMILIA
SECRETARIA: ABG. DAYANA ROVIRA

AUTO DECRETANDO MEDIDA CAUTELAR

Vista en Audiencia Oral solicitud Fiscal DE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en base al Artículo 256, ordinal 6 del Código Orgánico Procesal Penal, celebrada el día 03 Noviembre del año Dos Mil Tres (03-11-2003) contra el ciudadano: NELSON JOSE ZAMBRANO de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad personal N° 5.020882, Mayor de edad, soltero nacido en fecha 26/10/1955, de ocupación maestro de obra, residenciado en la Urbanización Antiguo Aeropuerto, vereda 11, sector 3, casa02, calle 02 Punto Fijo Estado Falcón
Por la presunta comisión del delito de Violencia contra la mujer y la familia consistente en la amenaza prevista en el articulo 16 de la Ley sobre la violencia contra la mujer y la familia en concordancia con el articulo 4 Ejusdem en perjuicio de la ciudadana Martha Fonseca Ataque ( concubina)
A los fines de decidir sobre la procedencia de tal solicitud .Hace las siguientes consideraciones:

PRIMERO:
Del análisis del acta Policial, Y de la Denuncia que conforman el presente Asunto contentiva de la narración de los hechos en las circunstancias de tiempo modo y lugar, hecho ocurrido el día 31de Octubre del Año 2003, siendo aproximadamente las 9:20, de la noche, los funcionarios policiales actuantes cumpliendo instrucciones de acompañar hasta su residencia a la ciudadana SUSANA ZAMBRANO al llegar a su residencia ubicada en el antiguo aeropuerto en contrandose en el interior de la misma un ciudadano quien quedo identificado como NELSON JOSUE ZAMBRANO, padre de la mencionada ciudadana y exconyuje ciudadana MARIA FONSECA ARAQUE en visible estado etílico siendo necesario someterlo físicamente mediante llave de conducción al no querernos acompañar a dicha delegación policial, fue trasladado al comando de la BOP donde a su vez la ciudadana MARIA FONSECA ARAQUE manifestó que la había agredido verbalmente y constantemente la estaba amenazando de muerte incluso a sus propios hijos razón por la cual se detiene al hoy imputado
En Fecha 01 de noviembre la Ciudadana MARIA FONSECA ARAQUE, presenta ante el cuerpo policial denuncia contra el hoy imputado manifestando que el mismo tiene como tres años separado de ella y vive constantemente amenazándola de muerte y que la va a descuartizar diciéndole que le faltaba poco que tengo las horas contadas
Por su parte el imputado en su declamación negó haberla amenazado de muerte ella mal interpreta las cosa tiene 27 años juntos, ella se la pasa en la calle el lo que hace es reclamar para que le atienda a sus hijos, ciertamente cuando las discusiones son acaloradas el pronuncia palabras obscenas todo el problema radica por que no estoy de acuerdo con ella en la política, que el si es victima de maltratos por parte de la señora por lo trata muy mal
Por su parte la Defensas solicito que no hay elementos de convicción por lo que solicita se desestime la acusación fiscal y se decrete la libertad plena de su defendido
Escuchados como han sido los alegatos de las partes

SEGUNDO:
Por todo lo Antes expuesto: la imputación Fiscal y los Descargos de la Defensa así como la declaración del imputado y de la revisión de actas del presente asunto que la conforman: el procedimiento policial en el lugar de los hechos, la denuncia de la victima se observa que la precalificación dada por el Ministerio Publico con relación al delito de violencia contra la mujer y la familia observa esta juzgadora que estos hechos no se subsumen en su totalidad el tipo del articulo 16 de la mencionada ley, los mismos encuadran perfectamente en el articulo 4 Ejusdem por cuanto quedo demostrado que hay una amenaza una ofensa ejercida sobre un integrante de la familia concubinos en este caso , ciertamente este configura un hecho punible que de acuerdo a la ley merece pena privativas libertad cuya acción no se encuentra evidentemente prescrita por ser de reciente data , se evidencia que el hoy imputado enes el presuntos autor de los hechos que se imputado por lo que este proceso puede ser garantizado con una medida cautelar sustitutiva de conformidad con el articulo 256 ordinal 9 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el proceso continuar hasta alcanzar su fin

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta Medida cautelar sustitutiva de Libertad contemplada en el articulo 256 ordinal 09 del código orgánico procesal penal al ciudadano NELSON JOSUE Zambrano, titular de la cedula de identidad personal número: 5.020.882, contemplada en el articulo 256 ordinal 9 Ejusdem consistente en la Prohibición de tener algún tipo de discusión o agredir física o verbalmente a la victima y sus familiares, Por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA DE Amenaza, previsto y sancionado en el articulo 4 de la ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia en perjuicio de la ciudadana MARIA FONSECA ARAQUE. La violación de la misma conlleva a la revocatoria de la misma. A si se decide

Juez Primero de Control
Abg., Narquis Chirinos

Secretaria de Sala
Abg. Dayana Rovira