REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN TUCACAS.
GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, Y TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
Tucacas, 21 de Noviembre de 2003
Años: 193° y 144°
Vista la diligencia de fecha 18 de Noviembre de 2003, suscrita por la abogada MIRTHA THARIFFE DE MORA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 10.459, actuando con el carácter de apoderada judicial de la empresa demandada CONSTRUCTORA NASE, C.A., según poder que acompaña a fin de que sea agregado copia certificada del mismo a los autos del expediente, y suscrita por las ciudadanas ZAIDA JOSEFINA MIRENA POLANCO, actuando en su propio nombre y en representación del hijo por nacer, y FRANCYS DEL VALLE PIÑA, actuando en nombre y representación de sus menores hijos, MIGUEL ENRIQUE CASTILLO PIÑA de diez (10) años de edad, y GÉNESIS DEL VALLE CASTILLO PIÑA de ocho (08) años, debidamente asistidas por los abogados MARIVIC VÁSQUEZ y BORIS H. LÓPEZ R., inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 78.844 y 40.011, contentiva de transacción realizada entre las partes del presente juicio por ACCIDENTE DE TRABAJO, expediente signado con el No. 2254.- En consecuencia, se acuerda agregar a los autos del presente expediente copia fotostática certificada del poder mencionado, y por cuanto la parte demandada conviene en pagar todos los conceptos demandados, y la transacción celebrada entre las partes no es contraria a derecho, este Tribunal le imparte su homologación, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, acordando tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- El Tribunal dará por terminado el presente procedimiento y ordenará el archivo del expediente una vez que conste en autos el cumplimiento total de los pagos acordados en el mencionado escrito de transacción.- Igualmente se acuerda expedir dos copias fotostáticas certificadas de la mencionada diligencia contentiva de la transacción celebrada entre las partes y del presente auto.- Cúmplase lo ordenado.-
El Juez
Abg. LUIS B. ZAMBRANO ROA
La Secretaria
Abg. DÉLIDA YÉPEZ DE QUEVEDO
En la misma fecha de hoy, 21/11/2003, se cumplió lo ordenado.-
La Secretaria
Abg. DÉLIDA YÉPEZ DE QUEVEDO
Exp. No. 2254.-
/mzr.-