REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN TUCACAS.

GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.-
Tucacas, 21 de noviembre de 2003
193° y 144°
Vista la diligencia de fecha 18 de noviembre del presente año, presentada por las ciudadanas MIRTHA THARIFFE DE MORA, apoderada judicial de la parte demandada, PETRA LILIBETH MONTERO DE PÉREZ, parte demandante, actuando en su propio nombre y en representación de las menores ÁNGELA MAIRELYS PÉREZ MONTERO, MAIBER ANDREA PÉREZ MONTERO y MANUELIS SHARAY PÉREZ MONTERO, asistida de la abogada FEDRA DURAN, en el juicio por ACCIDENTE DE TRABAJO, donde la parte demandada conviene en pagar todos los conceptos demandados, y celebrar TRANSACCIÓN para dar por terminado el presente juicio, y por cuanto la mencionada transacción versa sobre derechos disponibles en los cuales no está interesado el orden público, este Tribunal le imparte su homologación, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, y acuerda tenerla como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Por cuanto el Tribunal observa que en la transacción celebrada consignaron un cheque por la cantidad de NOVENTA Y TRES MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 93.000.000,00), correspondiéndole a cada una de las menores Ángela Mairelys Pérez Montero, Maiber Andrea Pérez Montero y Manuelis Sharay Pérez Montero, la cantidad de TREINTA Y UN MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 31.000.000,00), se ordena abrir una cuenta de ahorros a nombre de las mencionadas menores en CENTRAL BANCO UNIVERSAL, Agencia Tucacas.- Dicha cuenta sólo podrá ser movilizada por la madre de los menores ciudadana Petra Lilibeth Montero Pérez, previa autorización del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Tucacas; a tales efectos se acuerda remitir copia certificada fotostática de las siguientes actuaciones del expediente N° 2.255: LIBELO DE LA DEMANDA, AUTO DE ADMISIÓN, DILIGENCIA DE TRANSACCIÓN, DEL AUTO DE HOMOLOGACIÓN, DEL OFICIO LIBRADO, igualmente se le remite libreta de la cuenta de ahorro que se ordena abrir.- Líbrese oficio, al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Tucacas, a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA).- Expídase dos copias certificadas de la diligencia, de la transacción y del presente auto.- Déjese copia certificada del presente auto en el archivo del Tribunal.- Se ordena el archivo del expediente y su remisión al Archivo Judicial en su oportunidad legal.- Cúmplase lo ordenado.-
El Juez,
Abg. LUIS B. ZAMBRANO ROA.-
La Secretaria,
Abg. DELIDA YEPEZ DE QUEVEDO.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado, se libraron oficios Nros: 05-359-482 y 05-359-483.-
Secretaría