REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

Se le da entrada a Despacho de Comisión emanado del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-
En fecha 30-10-2003, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por la ciudadana: Solsiree Robles, titular de la cédula de identidad N° 11.767.105, asistida por el Abog. Alberto Castillo, Inpreabogado N° 55.863, en consecuencia este Tribunal ordena su traslado y constitución en el lugar que indique la parte interesada, fijándose para ello el día respectivo.-
En fecha 30-10-2003, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por la ciudadana: Solsiree Robles, titular de la cédula de identidad N° 11.767.105, asistida por el Abog. Alberto Castillo, Inpreabogado N° 55.863, quien le otorga Poder Apud Acta al Abog. Alberto Castillo, para que la represente en el presente Juicio y se haga parte en el mismo, en consecuencia este Tribunal ordena tener como parte en el presente Juicio al Abog. Alberto Castillo.-
En fecha 31-10-2003, se levanta Acta de Embargo, a fin de darle fiel y estricto cumplimiento al Despacho emanado del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Falcón, el cual libró Mandamiento de Ejecución en contra del ciudadano: Juan Carlos Camacho Godoy, en el Juicio por Pensión Alimentaria, seguido por el Abog. Alberto Castillo Hernández, representante de la ciudadana: Solsiree Robles, a favor del niño: Moisés Enrique Camacho Robles; en dicho acto se Declaró Ejecutivamente Embargado los conceptos enunciados en los ordinales de dicha Sentencia, los cuales serán retenidos y depositados en la Cuenta de la demandante.-
En fecha 03-11-2003, se dicta acto, cumplido como ha sido el presente Despacho se ordena la remisión de las resultas al Tribunal comitente. En esta misma fecha se remitió mediante Oficio N° 335-2003, constante de diecinueve (19) folios útiles.-