REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Control Sección Adolescentes
Circuito Judicial Penal del Estado Falcón

Santa Ana de Coro, 29 de Octubre de 2003
193º y 144º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-S-2003-002997
ASUNTO : IP01-S-2003-002997


Vencido el lapso previsto en el artículo 560 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, sin que el Ministerio Público haya presentado escrito de acusación en contra de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, proceden para ella la imposición de Medidas Cautelares Sustitutivas, por lo que este Tribunal acuerda imponer las Medidas Cautelares Sustitutivas previstas en el artículo 582 Literal C y D de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, consistente en la presentación cada quince (15) días por ante la Prefectura de Sucre, Catia, Caracas Distrito Capital, Avenida Pérez Bonalde y prohibición de salida del país, previa autorización de este Tribunal.

Abog. Nirvia Gómez González
Juez Primero de Control

Abog. Jamil Richani Richani
Secretario de Sala