REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN CORO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON
Tribunal Primero de Ejecución
SANTA ANA DE CORO, 09 de Septiembre de 2003
193º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL : IL01-P-2002-000009
A los fines de dar cumplimiento al nuevo cómputo solicitado por el Abg. HILARIO R. TOYO ALVAREZ en su condición de Defensor Público Sexto Penal (E) y en representación del penado DEIVIS JESUS HERNANDEZ, este Tribunal pasa a efectuarlo en la siguiente causa de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. En tal sentido este Tribunal observa que el referido Penado fue condenado a sufrir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del Delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, siendo Privado de su libertad en fecha 25 de Noviembre de 2001 según consta en actas, por lo que a la presente fecha ha cumplido de la pena impuesta UN (01) AÑO, NUEVE (09) MESES Y QUINCE (15) DÍAS, faltándole por cumplir UN (01) AÑO, DOS (02) MESES Y QUINCE (15) DIAS, es decir, que en fecha 25 de Noviembre de 2005 dará cumplimiento a la totalidad de la pena impuesta. En tal sentido de conformidad con lo establecido en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal debe cumplir la mitad de la pena impuesta, para poder optar a cualquiera de las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena, en consecuencia a partir de 25 de Mayo de 2003 puede optar por las medidas de pre-libertad de Destacamento de Trabajo y Régimen Abierto; de igual forma en fecha 25 de Noviembre de 2003 en la cual cumple las 2/3 partes de la pena puede optar por la Libertad Condicional y en fecha 25 de Febrero de 2004 cuando cumple las ¾ partes de la pena puede optar por el Confinamiento. Certifíquense las copias correspondientes del cómputo y con oficio remítanse al Fiscal Segundo del Ministerio Público del Estado Falcón, al penado, a la Defensora Sexta Penal de la Unidad de Defensoría Pública del Estado Falcón, a la Dirección del Internado Judicial de esta ciudad y la Dirección de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. Cúmplase.-
El JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,
ABG. HELY SAUL OBERTO REYES.
LA SECRETARIA,
ABG. GLOMELYS ARIAS MEDINA.
Nota: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado anteriormente. Conste.-
LA SECRETARIA,
ABG. GLOMELYS ARIAS MEDINA.