REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL L.O.P.N.A EXTENSIÓN CORO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal de Coro
Tribunal de Ejecucion Sección Adolescente
Coro, 16 de Septiembre de 2003
193º y 144º


ASUNTO PRINCIPAL : IP01-C-2003-000008
ASUNTO : IP01-C-2003-000008



Por cuanto el día 15-09-03, se recibió el presente asunto que se le sigue al Ciudadano adolescente: Marrero Marquina William, procedente del Juzgado de Ejecución del Estado Yaracuy, con la finalidad comisionar a este tribunal, para continuar con la ejecución de la sentencia que se le sigue al adolescente en mención. Una vez revisado las actuaciones que componen el presente asunto, podemos constatar que no se desprende en ninguna de sus actuaciones lo ordenado en el artículo 481 del Código Orgánico Procesal Penal, que nos dice lo siguiente “ Si el penado debe cumplir la sanción en un lugar diferente al del Juez de Ejecución notificado. Este deberá informar al Juez de ejecución del sitio de cumplimiento y remitir copia del computo para que proceda conforme a lo dispuesto en el numeral 3 del articulo 479, ejusdem”, por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Es por lo que este Tribunal de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, acuerda remitir el presente asunto al Juez de Ejecución Notificado. Remítase las actuaciones. Ofíciese al Juez Notificado.
El Juez de Ejecución

Abg. Gregorio Carrasquero

La Secretaria
Abg. Karina González
Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria
Abg. Karina González