REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL L.O.P.N.A EXTENSIÓN CORO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal de Coro
Tribunal de Ejecucion Sección Adolescente
Coro, 9 de Septiembre de 2003
193º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL : IY01-D-2002-000021
ASUNTO : IY01-D-2002-000021
Por cuanto el día 09-09-03, se tenia pautado celebrar una audiencia oral en el Presente asunto que se le sigue al ciudadano adolescente : José Luis Rodríguez Céspedes, titular de la cedula de identidad N° 18.449.336, por el delito de Robo Genérico, a fin de que explicara los motivos del incumplimiento de las reglas de conducta impuestas, según se desprende de auto de fecha 14-08-03, inserta en el folio 146, y una vez verificada la presencia de las partes se pudo constatar la presencia del representante del Ministerio Publico, las incomparecencias: del abogado defensor Hermes Arévalo, del adolescente debidamente identificado en autos y su representante legal. . Es por lo que este Tribunal de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara en rebeldía al mencionado adolescente, de conformidad con el articulo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y una vez puesto a la orden de este tribunal convocar a una nueva audiencia, de conformidad con el articulo 483 del Código Orgánico Procesal Penal y decidir la incidencia solicitada por el defensor privado, prevista en el articulo 616, ejusdem. Libérese orden de ubicación a las Fuerzas Policiales y Notifíquese a las partes.
El Juez de Ejecución
Abg. Gregorio Carrasquero
La Secretaria
Abg. Karina González.
Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria
Abg. Karina González.