REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN TUCACAS.

GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, Y TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
Tucacas, 02 de Septiembre de 2003
Años: 193° y 144°
Vista la diligencia de fecha 26 de agosto de 2003, estampada por el abogado ÁNGEL ANTONIO DOMÍNGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 23.113, en la cual DESISTE del presente procedimiento de Partición de Herencia, expediente No. 2164, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho, este Tribunal le imparte su homologación, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dando por terminado el presente procedimiento acordando tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Con relación a la devolución de los documentos originales, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, se ordena la devolución de los documentos presentados con el líbelo de la demanda y déjese en su lugar copia certificada fotostática de los mismos, de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.- Se ordena el archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial en su oportunidad legal.- Déjese copia certificada del presente auto en el archivo del Tribunal.- Cúmplase con lo ordenado.-
El Juez,
Abg. LUIS B. ZAMBRANO ROA
La Secretaria,
Abg. DÉLIDA YÉPEZ DE QUEVEDO.-
En la misma fecha de hoy, se cumplió con lo ordenado.-
La Secretaria
Abg. DÉLIDA YÉPEZ DE QUEVEDO

Exp. No. 2164.-
/asnaldo.-