REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL


Tribunal Tercero de Control de Coro
Coro, 25 de Septiembre de 2003
193º Y 144º

ASUNTO PRINCIPAL :IP01-S-2003-001813

Vista las actuaciones que conforman la presente causa, así como el escrito anexo a la misma, mediante la Abogado LUCY FERNÁNDEZ VILLALOBOS, en su carácter de Fiscal Especial de Transición del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, solicita el sobreseimiento de la presente causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 48 Ordinal 8º Ejusdem, donde aparecen como Imputados: PEREZ RODRÍGUEZ ALEXANDER JOSE, Venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad Nº-V-10.709.079. Con motivo de la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO Y LESIONES CULPOSAS GRAVES EN ACCIDENTE DE TRANSITO, previsto y sancionado en el Artículo 422, ordinal 2°del Código Penal Venezolano; en perjuicio del JOVANNY JESÚS GOMEZ MADRIZ (Muerto) y MARIA GUDICH Y DANIEL DJURICH (Lesionados). Luego del análisis de las actas que integran la presente causa se observa que la iniciación de la averiguación es de fecha 12/10/90 hasta la presente fecha 14/08/2003, han transcurrido Doce (12) años, Once (11) meses y Dos (02) días, tiempo suficiente para que opere la prescripción, según lo pautado en el Artículo 108, Ordinal 5º del Código Penal Venezolano, por lo que se considera extinguida la Acción Penal de conformidad con el Artículo 48 Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, siendo procedente lo solicitado por el Ministerio Público en cuanto al sobreseimiento de la causa, de conformidad con el Artículo 318 Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, igualmente se estimó que no fue necesario convocar a las partes a una audiencia oral para debatir los fundamentos de la petición fiscal.
Por todo lo antes expuestos este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley DECLARA Extinguida la Acción Penal y el SOBRESEIMIENTO de la causa Nº IP01-S-2003-001813, donde aparecen como Imputados: PEREZ RODRÍGUEZ ALEXANDER JOSE, en Perjuicio de JOVANNY JESÚS GOMEZ MADRIZ (Muerto) y MARIA GUDICH Y DANIEL DJURICH (Lesionados), por considerar que la misma esta prescrita, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 3º y el Artículo 48 Ordinal 8º ambos del Código Penal, en relación a lo pautado en el Artículo 108 Ordinal 7º del Código Penal. Así se decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

ABG. ZENLLY URDANETA DE NAVA
JUEZ TERCERO DE CONTROL

KARINA GONZALEZ MONTENEGRO
SECRETARIA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
SECRETARIA