REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MAUROA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
MENE DE MAUROA, 12 DE ABRIL DE 2004.
AÑOS: 193° Y 145°
Vista la diligéncia que antecede, de fecha: 31 de Marzo de 2004, suscrita por el Abogado ALEJANDRO AMARAL GOMEZ, en su carácter de Apoderado Judicial de la Entidad Mercantil AGROPECUARIA COSTHACAM C.A., mediante la cuál desiste del procedimiento; este Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente desistimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, dándosele el carácter de COSA JUZGADA. Igualmente se ordena el archivo del presente expediente, dejándose copia certificada del presente auto en el Archivo del Tribunal. Asi mismo vista la solicitud hecha por el Apoderado Judicial de la parte demandante, a fin de que le sean devueltos todos los documentos originales consignados previa certificación en autos; el Tribunal acuerda proveer de conformidad con lo solicitado. Déjese constancia.
EL JUEZ PROVISORIO,
DR. ALFREDO MONTIEL FRANCO.
LA SECRETARIA,
RAMONA DE RODRIGUEZ.
NOTA: En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior y se archivó el presente expediente constante de sesenta y cuatro (64) folios útiles. Conste. LA SECRETARIA,
RAMONA DE RODRIGUEZ.