REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero Penal de Control de Coro
Coro, 16 de Abril de 2004
193º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-S-2004-000733
ASUNTO : IP01-S-2004-000733
LIBERTAD PLENA
Visto el escrito de fecha 09-04-04, presentado ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por el Abg: Mario Molero, en su carácter de Fiscal Séptimo /E) del Ministerio Público, mediante el cual pone a disposición de este Tribunal al Ciudadano: José Miguel Torres Cedeño y solicita medida privativa preventiva juducial de libertad en contra de dicho Ciudadano por la presunta comisión del delito de Posesión Ilicita de Sustancias, Estupefacientes yPsicotrópicas . El tribunal recibe el asunto y fija audiencia para el mismo día, concedida la palabra al Representante del Ministerio Público éste ratifica su solicitud, el imputado declara y manifiesta su inocencia, alega que se encontraba vendiendo Cidic en la Bomba de Dabajuro, llegó un operativo, lo revisaron, estaba una cajita en el piso y los funcionarios dijeron que era de él habian más personas, lo golpearon y le quitaron 29.300 Bolivares de la venta de C:D:. La defensa solicita liberttad plena para su defendido por no encontrarse llenos los extremos del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Oída las exposiciones de las partes el tribunal observa, que la representación fiscal acompaña su solicitud de actas policiales, planilla de control de evidencias y actas de entrevistas a testigos, pero los testigos del procedimiento Antonio José Garcés y Venklin José Vilchez manifiestan que : se encontraban en la cantina del negocio y los funcionarios le trajeron la sustancia y unos cobres a la vista, cuando le preguntan en que parte el sujeto tenía los envoltorios manifiestaron que no vieron de donde lo sacaron, considera esta juzgadora que debe ser juzgado en libertad, con fundamento en los principios a la libertad y de inocencia. Por estas razones este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta PRIMEROL La libertad del Ciudadano: José Miguel Torres Cedeño, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.735.942 , residenciado en Dabajuro, Sector Soublette, Casa S/N Estado Falcón con fundamento en los articulos 8,9,243 del Código Orgánico Procesal Penal y la Constitución Bolivariana Librese la correspondiente boleta de libertad. Quedan notificadas las partes de la presente decisión y se ordena la remición de las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Publico a los fines de que continúe con la investigación.
La Juez Primero de Control
La Secretaria
Abog. Gloria Vargas Vargas
Abog. Lydda Benitez de Torres