REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
Se le da entrada a Despacho de Comisión emanado del Tribunal Tercero de primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo del Estado Falcón, en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento al Decreto de Medida Preventiva de Embargo, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-
En fecha 25-08-2.004, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por la Abog. Ivellie Figuero Álvarez, Inpreabogado Nº 29.242, según con lo solicitado por la diligenciante, en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, fijándose el día respectivo; se libran las Notificaciones respectiva a los Auxiliares de Justicia.-
En fecha 25-08-2.004, se levanta Acta de Embargo, a fin de darle fiel y estricto cumplimiento al Decreto de Medida Preventiva de Embargo, emanado del Tribunal Tercero de primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo del Estado Falcón, librado en el Juicio por Cobro de Bolívares, incoado por la Abog. Ivellie Figueroa Álvarez, Apoderada Judicial de la ciudadana: Elsia Yoris de Gutiérrez, contra los ciudadanos: Alfredo Boscan y Carmen Fernández; en dicho acto este Tribunal Declaró Embargado Preventivamente Bienes propiedad de la demandada, lo cuales se dejaron bajo su Guarda, Custodia y Responsabilidad, quien se comprometió a cuidar como buen padre de familia, en virtud del convenimiento de pago a que han llegados las partes.-
En fecha 30-08-2.004, se dicta auto, cumplido como ha sido el presente Despacho, se ordena la remisión de las resultas del mismo al Tribunal Comitente: En esta misma fecha se remite mediante Oficio Nº 269-2.004, constante de quince (15) folios útiles.-