El Tribunal se trasladò y constituyò al sitio señalado en la comisiòn acompañado del Apoderado Judicial de la actora y en virtud de que el inmueble estaba cerrado se designò cerrajero a los fines de que abriera los candados del portòn de acceso al mismo, tomàndole el juramento de Ley respectivo, instàndolo acumplir con sus deberes como tal. Seguidamente, una vez en el interior del inmueble, se constatò que el mismo estaba totalmente desocupado y se procediò a designar Perito Avaluador a los fines de valorar el mismo, informando èste las condiciones en que se encuentra y cuyo valor estima en la cantidad de Bs. 100.000.000,00, por lo que Trobunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripciòn Judicial del Estado Falcòn, administrando justicia en nombre de la Repùblica de Venezuela y por autoridad de la Ley,declara secuestrado el inmueble ubicado en las calles Jofre Paùl Jatem, antes Pumarrosa con esquina Arismendi de la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcòn (identifican linderos) y designa como Depositario Provisional a la Asociaciòn demandante en la persona de su Apoderado Judicial, a quien se le tomò el juramento de ley respectivo, instàndolo acumplir con sus deberes como tal y habiendo cumplido el Tribunal con el motivo de su misiòn acuerda devolver la presente comisiòn al Tribunal de la causa y su reconstituciòn a su sede natural.