REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 16 de Agosto de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2004-001653
ASUNTO : IP11-S-2004-001653

IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
JUEZ PRIMERO DE CONTROL: Abg. Narquis Chirinos
FISCAL DECIMA QUINTA DEL MINISTERIO PÚBLICO: Meuri Leidenz
IMPUTADO (S): José Luis González, Maicor Jesús Díaz González, Elian David Sánchez Gómez y Marcos Alberto Sierra Hernández
DEFENSOR (A): Mary Bello De Carache y Hermes Arévalo Serrano,
SECRETARIO: Abg. Alexander González


AUTO DE PRIVACION PREVENTIVA JUDICIAL DE LIBERTAD

Vista en Audiencia Oral de presentación de Imputados, celebrada el día, Nueve de Agosto del Año Dos Mil Cuatro, seguida contra los imputados José Luis González, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.062.427, soltero, nacido en fecha:13-01-075, sexto grado de instrucción, profesión u oficio: pizzero, hijo de José Lisamar e Irma Hernández, residenciado en la Ínter comunal Alí Primera casa N° 02, frente al club Italo, al lado de la “Paila Caliente”, Maicor Jesús Díaz González, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.439.279, casado, nacido en fecha: 17-8-84 bachiller, profesión u oficio: estudiante de la UNEF, trabaja como profesor en los pelícanos, de 19 años de edad, hijo de Manuel Bitelio Semeco y Mirtha de Díaz, residenciado en Antiguo Aeropuerto sector 1, calle 12 casa N° 11 cerca del Corpomercadeo Elian David Sánchez Gómez venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 19.059.847, soltero, nacido en fecha: 27-11-85, profesión u oficio estudiante, hijo de Antonio Sánchez y Maritza Gómez, residenciado en Antiguo Aeropuerto, callejón las delicias, casa s/n detrás del Colegio Paraguaná, y Marcos Aurelio Sierra Hernández, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 14.550.740, 19 años de edad, soltero, sexto grado de instrucción, nacido en fecha:26-09-74, de profesión u oficio: albañil, hijo de Anastacio Sierra e Inés Hernández, residenciado frente al Italo, pasando la avenida a la cuadra esta una residencia no tiene numero, es de color verde, en virtud de la solicitud de Imposición de Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad presentada por el Fiscal Décimo Quinto Auxiliar del Ministerio Público, por la presunta comisión del Delito de HURTO Y ROBO DE VEHÍCULOS, previsto y sancionado en el artículo 5 de la ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, como victima el ciudadano Norberto José López, titular de la cédula de identidad N° 2.857.293, la Fiscal 15º (A) del Ministerio Público, quien de forma sucinta expuso los hechos que dieron origen para que el Ministerio Público solicitara de conformidad con el Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal solicitara la Privación Judicial Preventiva de Libertad, por la presunta comisión del delito de Hurto y Robo de Vehículos, previstos en el artículo 5 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos automotores, con la agravante establecida en el artículo 6 en sus ordinales 1°,2°,3° y 5° de la mencionada ley, en razón de lo cual, ratifica en toda y cada una de sus partes escrito presentado, por cuanto se encuentran llenos todos los requisitos exigidos en dicho artículo, así mismo solicito se califique las circunstancias de flagrancia y se acuerde la tramitación del presente asunto por el procedimiento abreviado, este Tribunal para proveer al respecto hace las siguientes consideraciones:


DE LOS HECHOS OBJETO DEL PROCESO

Los hechos objeto del presente proceso quedan determinados de las deposiciones de las partes, de las declaraciones de los imputados y del análisis de las actas policiales que conforman el presente asunto:
Declaración del imputado Ciudadano JOSE LUIS MANOSALVAS
Quien expone:
“ Me encontraba como las diez de la noche en el centro, paramos el taxista, le pedimos la carrerita a las piedras a llevar a un amigo, de regreso nos paramos le dijimos que nos hiciera otras carreritas y que en la casa le pagábamos todo, le enseñamos el dinero y dijo que si, en “paso largo”, le dijimos que se parara, comimos en paso largo cuando salimos, nos intercepta la policía y nos cayeron a golpes, nosotros ya íbamos para la casa, nos golpearon y nos metieron al calabozo. Es todo”
La fiscal interroga al imputado: ¿Cual era el punto en el centro donde paró al taxista? Por mundo Daka, le solicitamos la carrerita para ir a las piedras, para llevar a un amigo. ¿Cual es el nombre de su amigo? Le dicen José, mi primo es Marcos. Que hora era? 10:00 de la noche del día sábado. Cual es la primera parada? Es en las piedras, la segunda parada en la Licorería Rodríguez me encontraba con Marcos el primo, la tercera parada fue en “Papa pollo”, tuvimos un rato compramos cervezas, iba manejando el señor, compramos seis cervezas, después entramos a paso largo a comer pollo, llegamos allí como a las once o doce. ¿Cuanto tiempo estuvo en papa pollo? Un rato. ¿El señor les dijo cuanto les iba a cobrar? No. ¿En que momento llegan los funcionarios? Cuando íbamos saliendo de papa pollo. ¿Cuantos funcionarios eran? Dos andaban en un carro cherokee. ¿Cuando lo interceptan que les dicen los funcionarios? Nos golpean y nos tiran, el taxista estaba sentado en su carro, no se bajo en ningún momento, a mi primo lo golpearon todo. ¿Cuanto dinero cargaba usted? Diez mil y el primo cargaba Trescientos mil y pico. ¿Conoce a Maicor Díaz? No. ¿A Elian Sánchez? No lo conozco. ¿Como se explica que los detienen a todos? Por que ellos venían pasando por allí, los policías los agarraron, nunca los he visto. ¿Cuando lo aprehenden les incautan algún arma? No. ¿Donde trabaja? En la Pizzería Napoli, estoy de vacaciones a partir del lunes de este mes, tengo ocho años trabajando allí. ¿Cuanto tiempo calcula que había utilizado los servicios del taxista? No le se decir. ¿Recuerda el vehículo? Era un carro grande. ¿Recuerda que puesto ocupo en ese carro? El de atrás, mi primo iba en de adelante. ¿Quien se bajaba a comprar las cervezas? El. ¿Ha estado detenido antes? No
La defensa interroga al imputado: ¿En el momento que aborda el taxi le manifestó la intención de tomar varias carreras? Una sola. ¿En algún momento hubo omisión de continuar con la carrera? No. ¿En el curso del trayecto ejercieron violencia contra el chofer? No. ¿Por que considera que los funcionarios los detienen? Porque el señor creía que no le íbamos a pagar, ya íbamos para la casa. ¿Su primo resulto golpeado? Si, es mentira que se cayo ellos llegaron y nos dijeron tírense allí. ¿Que pasó con el dinero? Lo tenía mi primo. ¿Algún funcionario le incauto el dinero? Se lo sacaron, los registraron. ¿Los funcionarios le dijeron el motivo de su aprehensión? Nada.
Preguntas del Tribunal al imputado: ¿Cuantas personas andaban en “paso largo”? Dos mi primo y yo, el taxista estaba en el taxi. ¿Como le explica al Tribunal la aprehensión de usted y su primo con los demás que están detenidos? Porque veníamos saliendo mi primo y yo para irnos y los policías nos pararon, iban saliendo tres muchachos de paso largo y también los agarran, a mi primo y yo nos detienen los demás eran tres. ¿Aprehendieron a cinco personas? Si. ¿Cuando los someten a los cinco llaman a los funcionarios? Estábamos tirados en el piso estaban los dos funcionarios y a ellos le dijeron ustedes también.
Declaración del imputado MAICOR JESUS DIAZ GONZALEZ
Expone:
“ Yo el día sábado 7, estaba en una reunión a que mi novia, pasaron las horas como a la una que paso el hecho, fuimos a “paso largo”, estaba mi persona, Elian y el hermano de Elian, el menor, íbamos a comprar un servicio de pollo y media caja de cigarro, en ese momento que salimos vemos a la camioneta de la policía íbamos a devolvernos por los operativos, cuando vemos allí estaba el carro del señor y seguimos, cuando veníamos, porque no nos alcanzo el dinero, vemos que están dos policías con los dos señores y cuando vamos caminando por la calle nos paran y nos paramos, nos tiraron al piso y nos empezaron a golpear, de repente llegó el camión y otra camioneta y otros policías, nos subieron al camión y nos empezaron a pegar, cuando llegamos allá nos dicen que nos habían agarrado por un operativo, después nos damos cuenta cuando llega al señor y el policía nos dice que estábamos metidos en un problema de un carro y el señor dijo que esos tres no los conocía que nosotros no éramos, a las seis de la mañana preguntamos y nos dijeron que veníamos para acá.”
El fiscal pregunta al imputado: ¿Recuerda la hora que llegaron al sitio? Como la una y pico de la mañana. ¿Andaban en que? A pie porque desde donde estábamos nos queda cerca. ¿Que tiempo tardaron en ese lugar? No comimos, fuimos a compra y no nos alcanzo y nos devolvimos a buscar más dinero donde estábamos. ¿Queda cerca la casa de su novia? Si a una cuadra y media. ¿Lograron llegar a la casa de su novia para buscar el dinero? No. ¿Intentaron correr? No, como vimos la patrulla y como habían operativos, nos íbamos a devolver. ¿En que momento los funcionarios los llaman a ustedes? En el momento antes de comprar vemos estacionada la camioneta porque sentimos que hay operativos, ellos me dicen vamos a seguir, cuando salimos estaban los policías y los señores estaban en el piso. ¿Que observa cuando va entrando a paso largo? El funcionario nos llamo y nos dijo tírense al piso, nos revisaron normal. ¿Llegó a ver el ciudadano victima? En la comandancia. ¿Vio el vehículo? Si un carro que era el caprice gris al otro lado de la calle.
Preguntas formuladas por la defensa Abg. Hermes Arévalo ¿Le incautaron algún cuchillo o arma de fuego? En ningún momento. ¿Quienes andaban? Yo, Elian, y el menor. ¿Conoce a los demás detenidos? No. ¿Llegó a montar en el vehículo Caprice? No. ¿Donde estaba en la comandancia par ver al señor? En la parte interior, el señor llega y nos ve a los cinco y dice estos dos eran los que me estaban atracando y estos tres no tienen nada que ver. La juez le pregunta: ¿A cuantos señores tenia sometido la policía? A dos, nosotros éramos tres y a los cinco nos meten en la patrulla. ¿Que tipo de unidad estaba? La primera camioneta que vio fue una Blazer blanca, de la policía, cuando salimos estaba la misma, pero al momento que nos tiran al piso llegó el camión de la policía y una camioneta. ¿Ha sido detenido antes? No. ¿Le informaron los funcionarios por que los detiene? Nos dicen cuando estábamos allá.
Declaración del imputado ELIAN DAVID SANCHEZ GOMEZ,
y expone:
“ El sábado estábamos en una fiesta de la novia de mi amigo, el hermano del amigo mío nos dice que le compremos una caja de cigarro, estábamos allí, ya habíamos visto la camioneta fuera y dijimos vamos a buscar el dinero que nos falta, cuando vamos saliendo la policía tenia dos tirados en el suelo nos llamaron y nos dijeron gírense al suelo que están detenidos, nos cayeron a golpes, llego la patrulla, en la policía estuvimos un rato y vino el señor fue y dijo quienes eran los que lo habían atracado, los policías nos dijeron que nosotros estábamos en el atraco, y no van a salir de aqui. El Fiscal pregunta: ¿Quienes iban a comprar? Yo, el amigo mío que esta aqui y mi hermano menor, íbamos a comprar pollo y media caja de cigarrillos, no la compramos porque no nos alcanzo. ¿Cuanto cigarro iban a comparar? Media caja. ¿Que pasa después que salen de paso largo? Cruzamos la calle y la policía nos llama y nos dijeron están detenidos nos llevaron a donde estaban ellos. ¿Estaban en la cera los detenidos? Si. ¿Le informaron el motivo de detención? No. ¿A que hora van a paso largo? Como a la una y media. ¿Llegó a ver al ciudadano victima? No solo en la policía el señalo a los que eran al muchacho y al otro chamo, el lo hizo frente a nosotros. ¿Ha estado detenido antes. No. ¿Con que vehículo se encontraba adyacente al negocio paso largo cuando llegan a paso largo? Solo vi el de la policial.
.
Declaración del imputado MARCOS AURELIO SIERRA HERNANDEZ y expone:
“Nosotros estábamos en el centro después salimos y agarramos al taxista para que nos trasladáramos a las piedras, después nos llevo a la licorería Rodríguez, de allí comentamos a dar vueltas y seguir bebiendo, le enseñamos el dinero, le dijimos que nos llevara a paso largo, nos íbamos a comer un pollo nos dijo entren que yo los espero, cuando salimos nos encontramos con el problemas de que nosotros lo íbamos a atracar, me agarrarón y me golpearon., es todo “
La fiscal pregunta: ¿Con quien se encontraba la noche del sábado? Con José Luis y un señor José Gregorio, andábamos tres. ¿Alguno tiene algún parentesco con usted? El señor José Luis es mi primo. ¿En que parte de centro estaban? Yo se que era una peña hípica. ¿En que parte del centro toman el taxi? En la avenida. ¿Cual fue la primera carrera que solicitan? A las piedras, llevamos al señor José, les dijimos al señor que nos llevara a la Licorería Rodríguez, comparamos cervezas yo me baje, dimos unas vueltas como andábamos prendidos nos metimos en la pollera paso largo. ¿Llegaron a pasar en Papa pollo? No recuerdo. ¿El pollo donde lo compran. En paso largo, lo compramos y lo llevamos. ¿Que pasa cuando salen de paso largo? Cruzamos la calle y estaba la policía, nos lanzaron al piso y nos patearon, nos dicen que el señor decía que lo estábamos atracando. ¿Este fue el señor que les hizo la carrera señalando a la víctima? Si, nosotros le íbamos a pagar la carrera, frente al Italo. ¿Que paso con el pollo? Se perdió. ¿Que cantidad de dinero cargaba? Trescientos, me lo quito la policía. ¿Su primo cargaba dinero? No se. ¿Recuerda cuantas veces se pararon para combar cervezas? No se. ¿Recuerda en que sitio del carro se sienta? Detrás. ¿Su primo donde iba? Delante. ¿Recuerda las veces que compraba las cervezas quien se bajaba? Se bajaba el primo y me bajaba yo. ¿Los funcionarios le incautan algún objeto? Nada. ¿Por que tiene dolor? Porque la policía me golpeo porque no me dejaba quitar el dinero, me dieron un coñazo y me dieron con la pared, les dije que me lleven para el medico y no me llevan me siento mal. ¿Ha estado detenido antes? No. ¿El resto de las personas que están aqui los conoce? No. ¿Como explica que están detenidos? A ellos los detienen y los tiran al piso a nosotros nos detienen primero. ¿Recuerda la hora en la cual se embarcaron en el taxi? Como a las diez y media. ¿Como a que hora los detienen? De doce a una. ¿Donde estaba el taxista cuando se bajan a comprar el pollo? En el carro. La defensora Mary Bello pregunta al imputado. ¿En las oportunidades donde compraban licor llego a sentarse en el asiento delantero del carro? Si. ¿Intentó darse a la fuga? No sufrió alguna caída? No, me tiraron al piso y me dieron patadas, fui golpeado en la espada, mostrándole al Tribunal. ¿Por que cree que ocurrió su detención? Porque el señor dice que lo íbamos a robar, eso es mentira porque le íbamos a pagar, es una injusticia. ¿Portaba armas blancas en el momento de su detención? No. ¿En algún momento usted observo algún pasa montaña? No.
El Tribunal interroga al imputado: ¿Cuantos funcionarios lo detienen? Dos. ¿En ese momento cerca de la patrulla se encontraba el taxi? Delante, no se el nombre del carro, era largo. ¿Cuando lo aprehenden ese vehículo fue revisado por los funcionarios? No se. ¿Cuando lo tiran en el piso donde estaba el taxista? No se. ¿Como y cuando ve a los demás? Cuando me desperté en la policía. ¿Cuando lo requisan quienes estaban? Todos nosotros. ¿Los demás observaron eso? No se. ¿Donde vivía antes? En las piedras.
Declaración de la victima ciudadano Norberto José López, quien expone:
“ A las siete y media de la noche iba a la altura del centro Comercial caribe y me paran estos señores, me piden la carrera para la piedras, Marcos se monta delante y José Luis detrás, al cruzar en la Rafael González a la altura de la Bolivia el seño Marcos saca un cuchillo y me lo pone en la garganta y me dice es un atraco, yo forcejé con ellos perdí los lentes y se quebraron, me oprime hacia sus piernas y le dice a su compañero que maneje el vehículo, él lo toma y siguen, me lleva oprimido con el cuchillo, me llevan a un matorral que no donde es me dicen que me baje y que abra la maleta del carro, yo la abro y me dice el Marcos que me va a amarrar y amordazar para meterme en la maleta José Luis le dice que no, que lo pongamos en la parte de atrás, le dice vamos a amarrarlo y le tapamos la boca, me montan en carro en la parte de adelante, después se bajan en una licorería que no es la Rodríguez, era como a cincuenta metros se bajo Marcos a comprar, yo intente abrir la puerta pero no lo hice porque pienso que José Luis tiene un arma. Luego el señor Marcos me pone un pasamontañas, me tapan la cara, y le dice Marcos a José Luis que conduzca para la Piedras, siento que si van a las piedras, pero y llegaron a tropezón en la bajada de las piedras conversaron a distancia con unas personas preguntando por un tal bombillo que lo iban a matar, el señor Marcos me tiene sometido con el cuchillo con su mano izquierda en la garganta, les dije que me respetaran mi integridad física que era operado, me dicen no importa, luego de ese monte tuvieron en varios sitios, e incluso tuvieron una discusión con unas personas y yo trato de levantarme, alguien le dice déjense de buscar problemas quédese tranquilo, el señor Marcos se baja y discute con unas personas, yo grite y dije esto es un atraco y arrancó el carro y enseguida se monto el otro y dijeron vamos a las piedras, llegaron a las piedras preguntaron donde había un velorio, ubicaron el velorio y a distancia ubicaron a alguien preguntando por el tal bombillo, se pone a hablar con una señora era voz femenina y le dijo maten a ese sujeto yo les pago doscientos mil bolívares la mujer no me veía. Ellos salen y dice el señor José Luis vamos a comprar cervezas no sé el sitio, de pronto dicen vamos para la puerta, pienso que agarraron por el Ali primera y se ve el destello de la autopista y echaron gasolina en la bomba el elevado, allí los saludo un señor y les pregunto ese carro y dijo que lo estaba trabajando, y agarraron vía la puerta y el Marcos le dice vamos para las Piedras y vamos a buscar el revolver José Luis, decía que no, para matar a bombillo y a este lo matamos, llegaron a otro sitio el señor José Luis, bajo a una casa y duro como cinco o seis minutos, luego regresa se monta en el carro y yo sometido por Marcos, se monta José Luis, y le dice trajiste el revolver y dice no, vuelven a decir que van a comprar más cervezas y dicen vamos a que una tal Maria a comprar droga. Este señor Marcos bajo a comprar la droga y José Luis decía ahora si estamos drogados, necesitamos el carro para matar a una personas pero te vamos apagar, bajaron como cinco veces a las piedras. Llegamos a paso largo y Marcos se baja a comprar un pollo el señor se queda en el carro y me dice que me quede tranquilo intente abrir la puerta para huir y no pude porque no puede correr y pensaba que tenían un revolver, se monta con el pollo y dicen tenemos que comprar mas cervezas, es cuando llega Marcos se desmonta y entra a paso largo lo intercepta la policía y me doy cuenta de un intermitente, me quite el pasa-montaña y veo por el vidrio y los tienen en el piso, hay un policía que abre el vidrio, y me dice que me desmonte, y les digo a los policía, esos dos me secuestraron, el señor Marcos y José Luis los otros dos no se si serán amigos. El señor policía me monto con un policía y llegamos al Comando, ellos me dijeron que me iban a llevar al matacan, José Luis era distinto al otro, para mi el estaba sometido todo lo hacia José Luis, el que cargaba el dinero era Marcos, el compraba la droga, las cervezas, José Luis se oponía a que me metiera en la maleta. En la policía me pregunta que quien puso la denuncia y le digo que no se, pero resulta que cerca del “castelo de faria “ hay una emisora bolivariana y mi hijo Mike Norrs, venia y mira el carro y dice que este es el carro de mi papa y ve que una persona que se desmonta, el intento preguntar donde estaba el dueño, y como Marcos se consigue con mi hijo y le dice que pasa, el no le pregunto, bajan a las piedras y es cuando ponen la denuncia y es por eso que ubican el carro en paso largo, los funcionarios dicen que van a comprar jugo y ven el carro solicitado. Mi reloj me lo quito Marcos. José Luis, me decía que le iba a decir a Marcos que no me golpeara, pero si me golpearon. Es todo”
. Descargos de la Defensas abogado Hermes Arévalo defensor de los ciudadanos Maicor Díaz y Elian Sánchez expone:
El ciudadano Norberto López da una declaración bastante amplia que no concuerda con su denuncia, el dice que le pusieron un pasamontañas que no aparece, en segundo lugar manifestó que los dos ciudadanos Maicor y Elian no andaban en el vehículo, estos funcionarios que suscriben el acta policial deben ser sometidos a procedimiento por privación ilegitima de libertad y falso testimonio en el contenido de las actas ante la autoridad judicial, por cuanto todo lo expuesto en la misma es falso, dicen que vieron el vehículo que era tripulado por seis personas y los identifican, esto es una mentira, como se puede tener una acta viciada de nulidad absoluta, esto repercute en contra de la víctima, esta acta debe ser declarada nula. No consta por ningún lado que el vehículo estaba solicitado, en el acta policial, no consta esa salvedad, mis defendidos fueron contestes, se corrobora con lo dicho de la victima y solicita para sus defendidos Maicor Díaz y Elian Sánchez su libertad plena, por cuanto se evidencia que no tienen nada que ver en el hecho y por cuanto la defensa la hacen por la unidad los funcionarios se les debe aperturar una investigación penal, por que el acta policial esta evidenciado con el dicho de la víctima por lo que deber ser declarada nula de toda nulidad.
Descargos de La defensora Mary Bello expone a favor de sus defendidos:: Como lo dijo el Dr. Arévalo todos han sido contestes como ocurrieron los hechos, del acta policial se infiere que a las ocho y veinte fue denunciado. Si hay una denuncia del señor Norberto, pero a las dos y treinta de la mañana, pero el ciudadano victima manifiesta unas circunstancias que no manifestó en su momento, la situación no esta del todo claro, y considera que el procedimiento debe ser ordinario por cuanto se están, empezando las investigaciones, y ninguno de los imputados tienen que ver con el hecho, es clara la situación de que fueron detenidos en paso largo y también las supuestas armas no aparecen, mis defendidos manifiestan, es que ellos le iban a cancelar en su casa cuando llegaran y que ellos portaban el dinero.. es por lo que solicita se desestime la solicitud fiscal, por cuanto no hay suficientes indicios de culpabilidad y se ordene la libertad de sus defendidos, y en el supuesto negado otorgue una medida cautelar menos gravosa, de las establecidas en el artículo 256 del COPP..
En este estado la fiscal manifiesta que se evidencia de las declaraciones en lo que respecta a los ciudadanos Maicor Díaz y Elian Sánchez ambos fueron contestes y ciertamente la victima aclaró en esta sala que los ciudadanos quienes lo sometieron fueron José Luis Gonzáles y Marcos Sierra, en tal sentido como parte de buena fe solicita la libertad plena de los ciudadanos Maicor Díaz y Elian Sánchez, por cuanto no se desprenden suficientes elementos de culpabilidad de dichos ciudadanos, respecto a las actas policiales que señalan los defensores que tiene vicios de nulidad, no es menos cierto que la victima declaro con nombres y apellidos de los hecho de que fue objeto por lo que ratifica su solicitud de la medida de privación preventiva de libertad de los imputados José Luis González y Marcos Sierra y así mismo solicta que la presente causa se siga por el procedimiento ordinario, por cuanto existe situaciones que investigar.
Consta en las actas policiales de fecha 08/08704, que tuvieron conocimiento del Robo de un a vehículo de las siguientes características marca Chevrolet marca capri classi, año 82 de color plateado, placas IAI- 967, cuando encontrándose en labores de patrullaje avistaron el vehículo como a las 1:50 horas de la mañana suscrita por los funcionarios actuantes en el sector caja de agua frente al establecimiento “paso largo” al ser interceptado se constató que era tripulado por seis ciudadanos entre ello el dueño del vehículo el cual era cautivo de los autores de robo, se procedió a una revisión del vehículo incautándose en el asiento delantero dos armas (cuchillos), encontrándose un menor de edad, y se procedió a tomarle la denuncia la victima que quedo identificada como Norberto Cose López
Consta en las actas denuncia interpuesta por el ciudadano numero 496, donde señala como suscitaron los hechos.

DEL DERECHO

. Atendidas como han sido los alegatos señalados por las partes, la declaración de imputados y de la victima con análisis de las actas policiales que conforman el presente asunto o se evidencian circunstancias y elemento de la presunta comisión de un hecho punible de la claridad y contundencia de la declaración rendida por la victima quien narro las circunstancias de modo tiempo y lugar en que se suscitaron los hechos, fue muy claro al precisar y señalar que solo dos personas lo habían sometido bajo amenaza de arma (cuchillo) al presentarle el servicio de una carrera de taxi, el tiempo que lo sometieron, conteste con la declaración de los imputados JOSE LUIS MONSALVA Y MARCOS SIERRA de señalar que ciertamente habían solicitado ese día y hora los servicios del taxi conducido por la victima, así como las diferentes paradas rutas que lo hicieron recorrer y el lugar de la aprehensión “paso-largo”.sometido desde tempranas oradse la noche hasta aproximadamente la 1:30 de la mañana, bajo amenaza de un arma blanca estos elementos configuran la comisión de un hecho punible precalificado por la representación Fiscal como Hurto y robo de vehículos automotores, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, con las agravantes 1,2,3 y 5 del articulo 6 Ejusdem, la amenaza a la vida, con el tipo de arma blanca cuchillo por dos personas con ataque a la libertad por el tiempo en duro sometido el imputado, cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita por ser reciente su verificación el mismo merece pena privativa de libertad tal como lo señala la norma. En cuanto a los elementos que determinen que el imputado es presunto autor o participe en la comisión del hecho, se evidencia de la declaración de la victima y la aprehensión flagrante de los imputados JOSE LUIS MONSALVA Y MARCOS SIERRA, A si como de sus mismos dichos de haber sido ellos quienes solicitaron la carrera se determina que son los presuntos autores o participes en la comisión del hecho objeto de proceso, los imputados JOSE LUIS MONSALVA Y MARCOS SIERRA, en cuanto al peligro de fuga y de obstaculización se toma en consideración la pena que puede llegar a imponerse, la victima quien esta plenamente identificada, la gravedad del daño causado son circunstancias que hacen presumir un latente peligro de fuga o de obstaculización en el proceso por lo que están dados los supuestos de articulo 250, 251 y 252 del Código orgánico procesal penal con relación a los imputados antes señalados
Ahora bien solicita la defensa,.la Nulidad del Acta Policial, si bien es cierto se evidencia, ciertas contradicciones tomándose en consideración la claridad y la contundencia de la declaración de la victima, de quienes participaron en el hecho observándose contradicción del contenido del acta con relación a la participación de los otros imputados: ELIAN SANCHEZ Y MAICOR DIAS, A quienes señalan como las personas que abordaban el vehículo en mención, no menos cierto es que el mismo señaló a dos de los participantes como los presuntos autores del hecho punible hoy imputados, por lo que no lo hace procedente de una declaratoria de nulidad a dicha acta, por lo que si considera quien hoy decide que los funcionarios policiales actuantes deben quedar a la orden del Ministerio Publico, por falta de veracidad en parte de los hechos narrados o explanados en la acta policial, Falsa atestación ante funcionario publico, a fin de que se apertura la investigación correspondiente. A si se Decide
Con relación a la participación de en los hechos objeto de proceso con relación a los imputados ELIAN SANCHEZ Y MAICOR DIAS y tal como lo resolicitaron las partes, quedo determinado que no tuvieron participación en los hechos, de conformidad con el dicho y señalamiento de la victima, por lo que de Conformidad con el articulo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela se decreta la libertad plena por no haber elementos de culpabilidad en el hecho. y Así se decide.


DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control. Del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Ordena la Libertad plena e inmediata de los ciudadanos Elian Sánchez y Maicor Díaz, de conformidad con el artículo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Decreta la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, a los ciudadanos: José Luis Manosalvas venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.062.427, soltero, nacido en fecha:13-01-075, sexto grado de instrucción, profesión u oficio: pizzero, hijo de José Lisamar e Irma Hernández, residenciado en la Ínter comunal Alí Primera casa N° 02, frente al club Italo, al lado de la “Paila Caliente”, y Marcos Sierra, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 14.550.740, 19 años de edad, soltero, sexto grado de instrucción, nacido en fecha:26-09-74, de profesión u oficio: albañil, hijo de Anastacio Sierra e Inés Hernández, residenciado frente al Italo, pasando la avenida a la cuadra esta una residencia no tiene numero, es de color verde, por la presunta Comisión del delito de Hurto y Robo de Vehículos automotores, previsto y sancionado en el Articulo 5 de la Ley Sobre el Hurto de Vehículos Automotores con las agravantes establecidas en el artículo 6, en los ordinales 1°,2°,3° y 5° de la misma ley. Se ordena la tramitación de la presente causa por el procedimiento ordinario, establecido en el Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión.-
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL

ABG. NARQUIS CHIRINOS


LA SECRETARIA

ABG. ALEXANDER GONZALEZ