REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal Segundo de Control de Coro
Coro, 17 de Agosto de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-S-2004-002239
ASUNTO : IP01-S-2004-002239

En fecha 29-07-04, la Abg. HERMINIA CH. ARRIETA, actuando con el carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Público del Estado Falcón, presentó escrito por intermedio de la Oficina del Alguacilazgo, mediante el cual solicitó el Sobreseimiento de la causa que se instruyo contra MARVIN ABELKANDER PEREZ ESCALONA por la presunta comisión del delito de: LESIONES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, previsto y sancionado en el articulo 422 del Código Penal Vigente, en perjuicio de: MANUEL QUERO y LISBETH ALEJANDRA DONQUIS AGUILAR.
La representación fiscal solicita el Sobreseimiento de la causa de conformidad con el artículo 318 ordinal 4°.
Este Tribunal entra a analizar las presentes actuaciones y pasa a determinar si la acción penal para perseguir el delito objeto de la presente causa se encuentra prescrita o no, y a tal efecto se observa que no existe Reconocimiento Medico que determinen las lesiones para proceder a calificarlas, así como tampoco elementos de convicción que nos señale que determinada persona cometió un hecho punible o que hicieran posible esclarecer el caso que nos ocupa, y a pesar de la falta de Certeza no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la Investigación, es por ello que esta Juzgadora se adhiere a la solicitud fiscal, por lo tanto es procedente declarar con Lugar la solicitud fiscal, por encontrarse ajustada a derecho.
De igual forma, esta Juzgadora estimó que no fue necesario convocar a las partes a una AUDIENCIA ORAL para debatir los fundamentos de la solicitud fiscal, y ASI SE DECLARA.

DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, del asunto seguido contra: MARVIN ABELKANDER PEREZ ESCALONA por la presunta comisión del delito de: LESIONES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, previsto y sancionado en el articulo 422 del Código Penal Vigente, en perjuicio de: MANUEL QUERO y LISBETH ALEJANDRA DONQUIS AGUILAR, por cuanto no existe la posibilidad de incorporar nuevos elementos de convicción a la investigación, todo de conformidad a lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en tal sentido se, Declara Extinguida la Acción Penal , Publíquese, Notifíquese y Remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente.


Mag. Cs. YANYS MATHEUS SUAREZ
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL


ABG. JAMIL RICHANI
EL SECRETARIO