REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal Cuarto de Control de Coro
Coro, 18 de Agosto de 2004
194º y 145º


ASUNTO: IP01-S-2004-000392
AUTO CAMBIANDO RÉGIMEN DE PRESENTACIONES

Visto el escrito presentado por la abogada Haydee María Granadillo inscrita en el IPSA bajo el N° 56.374, con domicilio en Punto Fijo Estado falcón, actuando en su carácter de Defensora del ciudadano: Joel José Pérez Hernández quien es imputado por la presunta comsión del delito de Homicidio en legítima defensa previsto y sancionado en el artículo 408 y 65 ordinal 3° del Código Penal cometido en perjuicio del ciudadano: Yosman Antonio Sánchez Ortiz, den dicho escrito la defensora expone lo siguiente: " En fehc 04-03-2004 en la audiencia de presentación realizada a mi defendido le fue impuesta una medida cautelar sustitutiva de libertad, la cual fue la de presentarse quincemanlmente por ante la Fiscalía del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Tucacas, y en virtud que han transcurrido cinco meses que mi defendido ha venido cumpliendo con su obligación de presentación sin cometer ni una falta; es por lo que me dirijo a usted para solicitarle que dicha presentación se extendiera de quincenal a mensual, por vivir mi defendido en una zona rural de la Población de Yaracal muy lejana de la ciudad, donde el transporte es muy escaso e igualmente mi defendido trabaja para una empresa en la cual se está viendo perjudicado por las faltas continuas, o bien esta medida sea sustituida por otra menos gravosa como son las contempladas en el artículo 265 numerales 4, 5 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal; solicitud que hago de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal".
Una vez revisada la presente solicitud considera esta juzgadora ajustado a derecho tal pedimento, razón por la cual éste Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal en Funciones de Control, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve: Cambiar el Régimen de presentaciones periódicas cada 15 días por ante la Fiscalía quinta del Ministerio Público con sede en Tucacas por presentaciones periódicas cada 30 días por ante esa misma Fiscalía; así como también cambio la prohibición de salida del Estado Falcón por prohibición de salida del país, y así se decide. Notifiquense a las partes de la presente decisión. Cúmplase.


ABG. RAIZA MAVAREZ DE ACOSTA
JUEZ CUARTA DE CONTROL

ABG. SOBEIDIS SANGRONIS
LA SECRETARIA


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado por el Tribunal.

LA SECRETARIA