REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal Cuarto de Control de Coro
Coro, 30 de Agosto de 2004
194º y 145º

ASUNTO: IP01-S-2004-000186

AUTO CAMBIANDO EL RÉGIMEN DE PRESENTACIONES

Visto el escrito interpuesto por la Abogada Isabel Monsalve de Lilo en su carácter de defensora Pública Cuarta de éste Circuito Judicial Penal en el presente asunto seguido al imputado: HENRY JOSÉ SANGRONIS MARQUEZ, quien es venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad N° 20.295.831 y domiciliado en el Barrio Curazaito, calle Sur, entre Calle Proyecto y Sur, casa N° 117, Coro Estado Falcón, a quién se le sigue el presente asunto por la presunta comisión del delito ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN, tipificado en el artículo 458 del Código Penal y quién de conformidad con la norma adjetiva Penal en su artículo 264 solicita el examen y revisión de la medida que le fue impuesta a su defendido en fecha 10 de febrero del 2003, la cual consiste en presentaciones periódicas cada quince días por ante la Fiscalía Primera del Ministerio Público y por ante la Defensoría Pública Cuarta, este Tribunal Cuarto de Control, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley cambia el Régimen de presentaciones periódicas del imputado HENRY JOSÉ SANGRONIS MARQUEZ, antes identificado, quién a partir de la presente fecha deberá cumplir con dichas presentaciones cada 30 días por ante la Fiscalía Primera del Ministerio Público y por ante la Defensoría Pública Cuarta. Notifíquense a las partes de la presente decisión. Cúmplase.-

ABG. RAIZA MAVAREZ DE ACOSTA
JUEZ CUARTA DE CONTROL
ABG. MARIA E RODRIGUEZ
LA SECRETARIA


En la misma fecha se cumplió con lo acordado por el Tribunal.-


LA SECRETARIA