REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Control de Coro
Coro, 9 de Agosto de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-S-2004-000377
ASUNTO : IP01-S-2004-000377

Visto el escrito presentado por el Abogado JOSE ALBERTO GARCIA MONTES, en su condición de Fiscal Primero del Ministerio Público del Estado Falcón, relacionado con el presente asunto, seguido contra VILLASMIL MARQUEZ NELSON LUIS mediante el cual solicita a este Tribunal se sirva Decretar la Desestimación de la denuncia, de conformidad con lo previsto en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. Ahora bien, al hacer este Tribunal un análisis de las presentes actuaciones observa que, se desprende de Experticia de Reconocimiento practicada por los expertos del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas signada con el número 9700-0601282: Que el vehículo presenta sus seriales de identificación originales y el mismo aparece solicitado por SIPOL. De acuerdo a denuncia N° C946785 que interpusiera su dueño para ese entonces y el cual no fue retirada de SIPOL al momento de su recuperación
De todo lo cual es claro e indefectible que no se evidencia la comisión de ningún tipo de delito, ello amen de que no existen otras evidencias de carácter penal, razón por la cual se considera PROCEDENTE, lo solicitado por el Fiscal Primero del Ministerio Público del Estado Falcon.
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA DESESTIMACION, conforme a los artículos 301 y 302 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia libérense las respectivas boletas de notificaciones a las partes, remítase las presentes actuaciones al Ministerio Público para su correspondiente archivo. Cúmplase.




El Juez
Abg. HILARIO R TOYO ALVAREZ
La Secretaria
JUANITA SANCHEZ