REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Ejecución de Coro
Coro, 30 de Agosto de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : IK01-P-2002-000025
ASUNTO : IK01-P-2002-000025



Por cuanto del computo pena de fecha 18 de Junio del 2004 , efectuado en causa seguida en contra del penado JESUS ALBERTO SANCHEZ BORGES, bien identificado en las actas que conforman la presente causa, este Tribunal observa que el mismo fue condenado por el Juzgado Primero Mixto de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio de este mismo Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del Delito de ROBO PROPIO y actualmente recluido en el Internado Judicial de Falcón , cumpliendo la Pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRESIDIO por la comisión del delito de Robo Propio. Previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal Venezolano, e igualmente se desprende que el mismo puede optar desde la presente fecha por los beneficios de Destacamento de Trabajo, Régimen Abierto, este Tribunal acuerda oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Ministerio de Justicia del Estado Falcón, con el objeto de la realización de la respectiva evaluación Psicotécnica y Psico-social, acorde con los beneficios arriba dichos. Asimismo se acuerda oficiar al Internado Judicial, a los fines de que el penado antes mencionado sea incluido en la próxima lista de actas de redención, en consecuencia, líbrense los correspondientes oficios y Notificaciones a las partes.Cúmplase.

La Juez Segunda de Ejecución

Abog. Nancy Ruiz
El Secretario
Abg. Wladimir Salom.














REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Ejecución de Coro
Coro, 30 de Agosto de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : IK01-P-2002-000025
ASUNTO : IK01-P-2002-000025



Por cuanto del computo pena de fecha 18 de Junio del 2004 , efectuado en causa seguida en contra del penado JESUS ALBERTO SANCHEZ BORGES, bien identificado en las actas que conforman la presente causa, este Tribunal observa que el mismo fue condenado por el Juzgado Primero Mixto de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio de este mismo Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del Delito de ROBO PROPIO y actualmente recluido en el Internado Judicial de Falcón , cumpliendo la Pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRESIDIO por la comisión del delito de Robo Propio. Previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal Venezolano, e igualmente se desprende que el mismo puede optar desde la presente fecha por los beneficios de Destacamento de Trabajo, Régimen Abierto, este Tribunal acuerda oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Ministerio de Justicia del Estado Falcón, con el objeto de la realización de la respectiva evaluación Psicotécnica y Psico-social, acorde con los beneficios arriba dichos. Asimismo se acuerda oficiar al Internado Judicial, a los fines de que el penado antes mencionado sea incluido en la próxima lista de actas de redención, en consecuencia, líbrense los correspondientes oficios y Notificaciones a las partes.Cúmplase.

La Juez Segunda de Ejecución

Abog. Nancy Ruiz
El Secretario
Abg. Wladimir Salom.