REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ZAMORA, PÍRITU Y TOCOPERO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ZAMORA, PIRITU Y TOCOPERO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.

PUERTO CUMAREBO, TRES (03) DE DICIEMBRE DEL DOS MIL CUATRO

AÑOS: 194º Y 145º

Por cuanto en fecha 11 de Octubre del Dos Mil Cuatro (2004), fue creado el CIRCUITO SUPERIOR LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, con sede en la ciudad de coro. Este tribunal observa que la presente causa signada con el Nº 135-2003, donde aparece como parte demandada la EMPRESA COMERCIAL CHICHILE C.A. REPRESENTADA POR DUBAN ALCIDES PAZ, como parte demandante la ciudadana: SORELY JULIMAR NOGUERA FREITES, asistida del ABOG. ROLANDO E. VELARDE ROMERO, apoderado judicial, con motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES , Y COMO QUIERA QUE LA PRESENTE ACCION ES MATERIA LABORAL. Es por lo que este juzgado de los Municipios Zamora, Piritu y Tocòpero de la Circunscripciòn judicial del estado Falcòn, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECIMA LA COMPET3ENCIA en la presente acción al tribunal de juicio laboral de la Circunscripciòn judicial del Estado Falcòn., de conformidad con el articulo 60 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de que se avoque al conocimiento del mismo en concordancia con el articulo 248 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese oficio remítase original del presente expediente al tribunal de juicio laboral de la Circunscripciòn judicial del estado Falcòn.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese
Déjese copia certificada en el tribunal. Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Zamora, Piritu y Tocòpero de la Circunscripciòn judicial del estado Falcòn






En Puerto Cumarebo, a LOS TRES (03) Dias del Mes de Diciembre del Dos Mil Cuatro (2004), años: 194º de la Independencia y 145º de la Federaciòn.

El Juez

Abog. Valmore Villasmil León

La Secretaria

Virgie Lee Mendoza de B.


En esta misma fecha tres de Diciembre del Dos Mil Cuatro (2004) siendo las 11:00 a.m. se dicto y publico la anterior decisión. Se expidió copia certificada de la misma como esta ordenado. Se envió con el oficio Nº 2540-336.conste. Anexo expediente en original constante de SETENTA Y NUEVE (79) folios Utiles conste.

La Secretaria

Virgie Lee Mendoza de B.